En cuanto a efectos de Renta,
Este año he firmado un leasing fotovoltaico, supongo que no lo podre amortizar , al ser propiedad del banco , solamente podre deducirme los intereses de las cuotas y a parte gastos de apertura y notario.
La duda q tengo es con la parte de cuota de la recuperacion del bien , tiene algun tratamiento ??
Gracias de antemano por vuestras respuestas