Hola a todos,

La norma acaba de ponerse en uso y ya me surjen dudas y ambiguedades sobre su aplicación.

He estado mirando el Documento Básico HE sobre el Ahorro de Enegía. En el ámbito de aplicación del uso de la energía solar fotovoltaica pone que la aplicación es obligatoria en Hoteles y hostales de más de 100 plazas.

Mi pregunta es ¿cuando dicen hoteles y hostales se refieren a todas las edificaciones de uso residencial público?
¿Sería por lo tanto la norma aplicable en una residencia para 800 estudiantes que está distribuida a modo de apartamentos de alquiler?

Gracias por vuestra ayuda.