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| Aspectos económicos, legales y administrativos Foro para la discusión de legislación, estudios de rentabilidad, financiación, pólizas de seguros, trámites ante administración o compañias eléctricas, etc. Siempre relativo a instalaciones fotovoltaicas conectadas a red. |
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Saludos a todos los miembros del foro. Tengo un consulta referente a la petición de puntos de conexión a las compañías eléctricas. Está claro que previamiente realizas un estudio para conocer la potencia que puedes instalar. Mi pregunta es, una vez concedido el punto de evacuación, si a la hora de hacer el proyecto o ejecutar la instalación, por el motivo que sea, debes modificar ligeramente esa potencia (disponibilidad de inversores o módulos, restricciones a la hora de realizar el proyecto,etc) surgiría algún problema, siempre y cuando la nueva potencia sea menor que la solicitada. Se que para el REPE, debes instalar exactamente lo que has solicitado, pero no lo tengo tan claro para el punto de conexión. Gracias. |
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Siempre que la potencia a instalar finalmente sea inferior a la solicitada, no debe haber ninguna clase de problema. ¿La razón? Los estudios de capacidad de la línea determinarán si el paso de esa energía por la línea preexistente supondrán alguna alteración fuera de límites de la misma (sobrecarga eléctrica o térmica, o lo que sea). Pero si por una línea pueden pasar 100 kW sin problema, con más razón podrán pasar 80 kW.
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Gracias Almeraya. Lo veo lógico, sólo quería asegurarme. No me gustaría que después de gestionar un punto de conexión, me dijeran que debo volver a solicitarlo por el cambio de potencia de la instalación, aunque sea inferior. |
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Sifos, me estas asustando jajaja, ¿de que mundo eres?
__________________ "La gran virtud del ser humano no es construir cualquier cosa, sino haberla pensado antes" www.eguerrero.es |
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OJO, con los puntos de conexión. Tenía solicitada una renovación de un punto de conexión en sevillana-jaen.. Recibo una carta diciendome que para poder renovar, tengo que presentar el registro previo en el repre. Supongo que es un error y me voy a sevillana. Me dicen que de error nada que ahora es asi. por tanto me voy a industria y efectivamente es asi. Y sorpresa, entre otros documentos para la solicitud de reconocimiento, piden contrato de suministro de módulos. ufffffffffff, si no se ni cuanto puedo conectar, como voy a tener contrato de paneles. en fin, otra ayudita por parte de los gobernantes Espero sirva. Saludos |
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pepeto, en otro hilo comentábamos por ahí que con un "acuerdo de contrato", en el que una empresa (por ejemplo, la promotora) se comprometía a suministrar material y el cliente se comprometía a comprarlo, sin especificar material, precio ni plazos cerrados, en Industria lo admitían. Reconocen que es un fallo de redacción en el decreto por esa misma razón: no tiene sentido un contrato de compra de material si ni siquiera sabes si te puedes conectar, cuándo ni en qué condiciones
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