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| Aspectos económicos, legales y administrativos Foro para la discusión de legislación, estudios de rentabilidad, financiación, pólizas de seguros, trámites ante administración o compañias eléctricas, etc. Siempre relativo a instalaciones fotovoltaicas conectadas a red. |
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Quien te paga la energía ? y de cuanta potencia es tu planta? Quien lleva el mantenimiento ?. Yo tengo 2 Plantas y por experiencia no te deseperes si aun tardas en cobrar, pues hasta que no tengas el Registro definitivo no puedes hacer una factura y despues otro mes hasta que te pagan.. pero bueno despues va como un reloj de bien ( por lo menos a mi ) Animo ya queda menos !!! Saludos, GGP |
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Yo hay algo q no entiendo. A los q produciis antes de la inscripción definitiva ¿ a cuanto os pagan los kW? Pq segun el RD: "Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, la energía eléctrica que pudiera haberse vertido a la red como consecuencia de un funcionamiento en pruebas previo al acta de puesta en marcha definitiva, y la vertida después de la concesión de dicha acta, hasta el primer día del mes siguiente, será retribuida con un precio equivalente al precio final horario del mercado. El funcionamiento en pruebas deberá ser previamente autorizado y su duración no podrá exceder de tres meses. Dicho plazo podrá ser ampliado por la autoridad competente si la causa del retraso es ajena al titular o explotador de la instalación de producción." Siendo así produciriais durante mucho tiempo a precio muy bajo. ¿ me equivoco? ¿pq no solicitais la incripción definitiva antes y así os coincide con el inicio de actividad? Este tema me interesa bastante, agradecería si alguien de los q produciis sin la inscripción definitiva me lo puede aclarar . Gracias. |
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| Cita:
![]() ¡Enhorabuena a todos!
__________________ Blog Solar de Jumanji |
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como bien acabas de leer en el RD hasta el día uno del mes siguiente a obtener el acta de puesta en marcha (que NO el Regimen definitivo) no cobras a 0,45...cobras a precio horario de mercado es decir una mierda..yo obtuve el acta de puesta en marcha el 14 del mes pasado y hasta el día uno de mayo no empieza a contar el ciclo de facturación a 0,45, es decir esos 16 días del mes pasado que estuve produciendo me lo pagan a precio de mercado (es decir una mierda)..y desde el día uno de mayo me pagan a 0,45...insisto NO confundir acta puesta en marcha definitivo con regimen especial definitivo, porque lo que importa para empezar a facturar a 0,45 es desde que tienes el acta puesta marcha.... es otra de esas putadas maravillosas que nadie te avisa cuando te sumerges en el mundo de la fotovoltaica...como lo del 0,5 e/kw xa la compañia a partir del 1 de julio...etc etc etc |
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Yo os cuento mi historia: Hace 4 años me metí en éste asunto pues el conjunto:rentabilidad, seguridad, estabilidad y largo plazo me seducían, amén de la parte ecolológica que tenía de transfondo. Bueno pues entre un papeleo y otro estuve esperando año y medio a que se pusiera en marcha. Desde que empezó a producir hasta que se hizo la primera factura, pasaron 4 meses, tiempo que tardó en que me dieran el R.P.R.E. ANTES NO LA HAGAS pues sino, en efecto te pagan a precio de mercado es decir una ... El kit de la cuestion es que los distribuidores ( ENDESA ,FENOSA ,IBERDROLA etc..) cuando ven que tienes el R.P.R.E. definitivo entonces te pagan la tarifa BONIFICADA es decir 0,455134 €/Kw.PUES A SU VEZ EL ESTADO SE LO ABONA A ELLOS ), pero si no lo tienes no lo pueden hacer. La suerte que yo tuve es que lo hice todo por Internet, y a fecha de hoy ni he ido a ver las 2 plantas que tengo ( y estan en Tenerife ). ![]() Saludos y suerte GGP |
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y dale....debe ser que no se entiende...tampoco es tan dificil yo creo..... para empezar a cobrar a 0,45 NO NO NO NO NO NO NO NO NO hace falta el REPE definitico (el RPRE ese no existe)...me remito a mi anterior mensaje.. que hay que leerse los reales decretos que para eso están !!!. el ciclo de facturación a 0,45 empieza el día uno del MES SIGUIENTE A OBTENER EL ACTA DE PUESTA EN MARCHA DEFINITIVO...no el REPE definitivo...vuelvo a repetir... 14 abril me dan el acta de puesta en marcha definitiva 15 abril empiezo a producir 30 abril hasta aquí se me paga a precio de mercado es decir una mierda 1 Mayo a partir de aqui y en adelante se me paga a 0,45 INDEPENDIENTEMENTE de tener o no el REPE definitivo, que por cierto no lo tengo todavia pues está solicitado desde el 16 de abril y no me ha llegado todavia Mi primera factura con toda la energía que he producido no la podré emitir hasta que tenga el CAE... Esto es así aquí y en ceuta y en villabotijos de abajo |
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Bueno, tu lo crees así porque lo pone en un R.D., pero yo te cuento mi experiencia ( que fué hace casi 2 años cuando comenzó ). Cuando tu haces una factura a Endesa ú otro suministrador, logicamente tienes que estar dado de alta en el correspondiente apartado de actividades especiales como productor de energia o CAE. Despues te dan un REPRE provisional ( que es el mismo que el definitivo , pero si la letra P). Para que te hagas una idea, desde que me dieron el REPRE provisional hasta el definitivo , pasaron 10 meses, y una vez tenía el definitivo, la empresa que me la construyó si pudo hacer las facturas atrasadas de la energía ( que llevaba produciendo casi 4 meses), pero al precio SUBVENCIONADO, pues como insisto, la diferencia entre el precio de mercado y el que te pagan hay un 575 % de subvención que el Estado paga, y que sólo lo hace si estas dado de alta DEFINITIVA en el Registro Aministrativo de instalaciones de Produccion de Energía Electrica ( R.E.P.R.E. ). Esto por lo menos fué así en Canarias, no sé si donde tu dices es diferente... Saludos y suerte GGP |
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mira no te lies....esto no lo digo yo lo dice un real decreto q va a misa y lo cumple todo el mundo tu inclusive...no voy a debatir sobre lo que dice un real decreto q es de obligado cumplimiento en TODA españa..ya te dicho como se hace y los trámites a seguir.. xaoooo |
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