La energía solar no es una energía alternativa: es la energía.
Hermann Scheer

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Tema: Cobertura solar con f-chart / Temperatura acumulación

  1. #1
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    ago 2007
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    Predeterminado Cobertura solar con f-chart / Temperatura acumulación

    Hola a tod@s,

    Llevo unos días leyendo el foro, por el que sinceramente os felicito, pero no he encontrado la solución a un par de cuestiones que me han surgido a la hora de elaborar el proyecto de CENSOLAR. He intentado ponerme en contacto con ellos, pero ahora están de vacaciones. Así que os expongo mis cuestiones a ver si alguien puede ayudarme.

    Primero decir que estoy haciendo el típico proyecto de la vivienda unifamiliar en Salamanca.
    Como sabeis, el programa CENSOL, basado en los cálculos que se exponen en el curso, sobredimensiona bastante el número de colectores necesarios. Además, la forma en qué calcula la cobertura solar no acaba de convencerme. Así que he dedicido utilizar el método f-chart expuesto en el pliego de condiciones técnicas de instalaciones de baja temperatura del IDAE. Y aquí surge mi primera duda. Una vez calculada la cobertura solar de esta forma, como calculo la cantidad de energía que me ahorro gracias al sistema solar? He pensado que una solución puede ser simplemente multiplicar el factor solar, en tanto por uno, por la demanda energética mes a mes. ¿Es esto correcto?

    Por otra parte está la temperatura de acumulación. En el enunciado del proyecto, me dicen que garantice una temperatura mínima de 35ºC. No obstante, por lo que he ido viendo, la norma UNE 100030 indica que la temperatura a la que el agua tiene que salir por los grifos es de 50ºC (a lo que hay que sumarle las pérdidas). Por lo tanto, he decidido que la temperatura de acumulación sea de 55ºC. ¿Estaría bien así o mejor dejar la temp. de acumulación en 45ºC para maximizar el rendimiento?

    Una última cuestión, por ahora, es que el enunciado, de nuevo, dice que el acumulador solar tiene una pequeña resistencia. Sin embargo, el CTE deja bien claro que esto no es posible ya que no se puede mezclar la energía auxiliar con la solar. Supongo que el enunciado tiene ya algún tiempo y cuando lo redactaron esto si que se podía hacer. El CTE también dice que el sistema auxiliar se ha de dimensionar como si la instalación solar no existiese. He pensado que una buena solución sería instalar una caldera de gas modulante a la salida del acumulador solar. ¿Veis esto bien? Si, por ejemplo, la temperatura del acumulador superase los 55ºC, la caldera mezclaría directamente el agua con agua de red para disminuir la temperatura o tendría que instalar una válvula entre el acumulador y la caldera para este supuesto.

    Gracias por adelantado por vuestra ayuda,
    Un saludo,

  2. #2
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    Predeterminado

    Hola Lutxo,

    Como bien dices, el Censol sobredimensiona bastante las instalaciones así que me parece que haces bien usando tu propio f-chart.

    Vamos al grano:

    1. Una vez que sabes la necesidad energética mensual y anual y obtenida la fracción solar, sólo tienes que multplicarlos como bien dices y tendrás el dato del ahorro energético mensual.

    2. Puedes dejar como temperatura de acumulación 55ºC perfectamente. La mayoría de la gente utiliza 45ºC (personalmente es la que utilizo yo) o bien 60ºC. Por tanto tus 55ºC están bien aunque yo personalmente prefiero los 45 ºC por tema del rendimiento.

    3. La resistencia eléctrica en el acumulador solar está totalmente prohibida en el CTE, seguramente como tú dices el enunciado será anterior a la entrada en vigor del mismo o bien es que la instalación va dirigida a una vivienda que no debe cumplir el mismo (no será vivienda nueva ni ninguno de los casos recogidos en el CTE).

    4. En cuanto a la energía auxiliar, comparto contigo la decisión de optar por la caldera modulante de gas. Siempre que sea posible personalmente la prefiero a utilizar electricidad (que contamina más).

    Un saludo

  3. #3
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    Predeterminado

    Gracias Luis por tu ayuda (y rapidez),

    Tu comentario me ha recordado una duda que me surgió al principio pero de la que ya no me acordaba. El CTE dice que es aplicable en el caso de los edificios de nueva construcción o en la rehabilitación de los ya construidos (hablo de memoria). ¿Entendemos que la instalación del sistema solar supone una rehabilitación o no?
    Independientemente de la respuesta creo que modificaré el enunciado de censolar para tener que dimensionar la instalación teniendo en cuenta el CTE y así ir practicando.

    Gracias de nuevo,
    Un saludo,

  4. #4
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    Predeterminado

    Yo entiendo que la instalación de un sistema solar no se considera una rehabilitación. Además, haciendo una reducción al absurdo, si todas las instalaciones se consideraran rehabilitaciones, el párrafo donde aparace el ambito de aplicación sería innecesario ya que habla de edificaciones nueva y rehabilitaciones de edificios, es decir, serían todos los edifcios, no?

  5. #5
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    Predeterminado

    El párrafo donde aparece el ámbito de aplicación es necesario aunque sea para decir que el ámbito de aplicación sean todos los edificios. En este caso, son todos los edificios que tengan demanda de ACS o climatización de piscina cubierta, es decir, queda excluidos los que no tengan demanda de ACS ni climatización de piscina cubierta.
    Cita Iniciado por DB HE 4
    1 Generalidades
    1.1 Ámbito de aplicación
    1 Esta Sección es aplicable a los edificios de nueva construcción y rehabilitación de edificios existentes de cualquier uso en los que exista una demanda de agua caliente sanitaria y/o climatización de piscina cubierta.
    A continuación el punto 2 cita varias excepciones. La d) se refiere a rehabilitaciones, pero el punto 3 recalca que en caso de no cumplir la contribución solar hay que tomar medidas alternativas de ahorro energético y justificarlas.
    A mí me queda sólo la duda de qué hacer con los edificios con demanda inferior a 50 litros/día, debate que no encontré aún rebuscando por el foro.

    La instalación de un sistema solar sí es una rehabilitación. Se trata de una adecuación funcional, ya que es una obra que proporciona al edificio mejores condiciones respecto de los requisitos básicos a los que se refiere el CTE.
    Cita Iniciado por CTE Parte 1. Artículo 2 Ámbito de aplicación
    4. A estos efectos, se entenderá por obras de rehabilitación aquéllas que tengan por objeto actuaciones tendentes a lograr alguno de los siguientes resultados:
    a) la adecuación estructural, considerando como tal las obras que proporcionen al edificio condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad y resistencia mecánica;
    b) la adecuación funcional, entendiendo como tal la realización de las obras que proporcionen al edificio mejores condiciones respecto de los requisitos básicos a los que se refiere este CTE. Se consideran, en todo caso, obras para la adecuación funcional de los edificios, las actuaciones
    que tengan por finalidad la supresión de barreras y la promoción de la accesibilidad, de conformidad con la normativa vigente; o
    c) la remodelación de un edificio con viviendas que tenga por objeto modificar la superficie destinada a vivienda o modificar el número de éstas, o la remodelación de un edificio sin viviendas que tenga por finalidad crearlas.
    Respecto al primer aspecto del post inicial, se me plantea una duda. Lutxo afirma, y Luis76 ratifica, que el programa Censol (que no conozco) sobredimensiona las instalaciones. Sin embargo, he leído también que f-chart infradimensiona. Hoy mismo leí este texto:
    http://www.energuia.es/es/VerFichero...a=Bibliografia
    Claro que la fuente no es necesariamente neutral.

  6. #6
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    El problema con censol es que calcula la superfície colectora para conseguir una aportación solar del 100% anual, sin tener en cuenta que es lo que pasa en cada uno de los meses. De esta forma puedes acabar teniendo meses con más de un 200% de aportación solar. Claro que mirando los resultados del programa puede ser que ni te des cuenta de este hecho ya que cuando la aportación solar supera el 100% simplemente indica 100% (normalmente ves este valor en varias filas seguidas). Esto puede tener su lógica ya que todo lo que supere el 100% no repercute en ahorro energético.
    Lo que no acabo de entender es como después de tanto tiempo desarrollando este programa a nadie se le ha ocurrido hacer unas pequeñas modificaciones para que todo esto quede claro.

    Un saludo,

  7. #7
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    Predeterminado

    Gracias por la aclaración, lutxo.

  8. #8
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    Predeterminado

    Usando Censol o siguiendo las indicaciones del curso de Censolar es imposible llegar al 70% de cobertura (CTE) sin sobrepasar en varios meses el 110 (incluso el 200%). ¿Que es lo que falla?.

    Muchas gracias

  9. #9
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    Predeterminado

    Bueno, lo primero decirle a lutxo que el programa Censol busca justamente lo contrario a lo que afirma.
    Censol busca optimizar la distribución mensual de cobertura solar. Esto choca frontalmente con lo que dicho mas arriba, ya que no busca maximizar la aportación solar anual (que son la mayoría).
    Por eso cuando hay que calcular las necesidades de consumo, lo hace mes a mes, y lógicamente si buscamos obtener en Febrero una cobertura razonable ( que dicho sea de paso es cuando más lo necesitamos) en Agosto estamos sobrados.
    Evidentemente estos resultados del programa deben estar relacionados con el cálculo de otros parámetros como las dimensiones del acumulador, caudal de la bomba etc... y juntos forman un todo.

  10. #10
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    mar 2008
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    Predeterminado

    Bueno, yo acabo de llegar a esto de la térmica, pero he visto alguna memoria en la que la aportación solar en agosto no llega al doble que en enero cuando H es cuatro veces mayor en agosto y la diferencia de k es el 40%. ¿Sabéis que programa es este?. Tiene pinta de cumplir todos los requisitosde la CTE. ¿Es esto posible?

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