Hola, perdonad pero me ha surgido una duda, me dice un arquitecto que el apoyo eléctrico según normativa vigente, rite, se ha de poner a parte del equipo compacto. Es decir por un lado el equipo compacto de energia solar y por otro lado el termo eléctrico en este caso.
Yo creo que esto no es así, es decir, yo he mirado el rite y no veo por un ningún lado que me obliguen a instalar a parte la energia auxiliar eléctrica. Yo sé que la agencia andaluza de la energía si te obliga a hacer esto para que te den las subvenciones pero la normativa creo q esto no lo contempla.
De todas formas, os agradecería si alguno lo sabe con certeza que me lo comentase.
Muchas gracias anticipadamente.


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