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![]() Bruno he acabado de dibujar el esquema, tienes razon no completo ella un poco no claro. Hago el circuito de recirculación entre el acumulador solar y convencional partiendo de aquellas razones que se hace el circuito de recirculación para ACS. Si es proyectado ACS para la multivivienda, será necesario hacer en la mayoría de los casos circuito de recirculación que ser cumplir la norma para ACS de la temperatura dada. Y en en este caso habrá siempre unas pérdidas térmicas en el circuito de recirculación que para el sistema convencional que para el sistema solar. La única cosa tenía probable el sentido dimensiar la instalación solar en vista de las pérdidas térmicas en el circuito de recirculación. La bomba del circuito recirculación ajusta las cuentas solamente para el cubrimiento de las pérdidas de la presión y las pérdidas térmicas en esto circuito. Es posible organizar la dirección de la bomba por el sondeo de las temperaturas en el circuito o el timer. Cuando hay un consumo, el agua en el acumulador convencional se da con la presión del agua fría. Saludos. |
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Hola Ok,parece que me han quitado la idea,pero bueno no pretendo ponerme medallas,por otro lado he visto muchos esquemas por todos lados tanto buenos como malos,pero prefiero los consejos del foro... Bruno,piensas que podria ser funcional y no darme problemas,lo digo por que tengo un pequeño proyecto de un edificio de 5 plantas con un solo piso por planta si piensas que es funcional lo voy presupuestar con este sistema. Por otro lado tengo una pequeña duda ademas de los 5 pisos tiene local comercial,dice algo la normativa de energia solar sobre los locales comerciales? Por otro lado el esquema de Igor,lo veo muy funcional sobre todo para edificios con un numero medio o elevado de viviendas.
__________________ Nos preocupamos de darles lo mejor a nuestros hijos,pero que planeta van a heredar? |
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La leche Eso es cierto? no creo,entonces el local de 100mts2 que son 1200 litros.si eso es lo que me da de acumulador genelal... Yo pensaba que era la mitad de una vivienda... Gracias de todas formas,alguien puede opinar? Bruno,tu que estas mas metido en el tema de las normativas,sabes algo de este tema del los locales?
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Eso de 12 l/m2 donde esta? porque es un tema que yo he rebuscado y que francamente no he encontrado nada. Yo segun el tamaño equiparo tiendas a oficinas, restaurantes y cafeterias es algo mas dificil de ver, personalmente creo que es mas un tema de usar la logica...... claro que es dificil que todos tengamos el mismo criterio. Saludos |
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Lo de los 12 l/m2 /dia lo he visto en alguna ordenanza. Lo que dice exactamente es que tienes quejar el espacio necesario en cubierta y la preinstalación, teniendo en cuenta ese consumo previsto. Supongo que lo hacen por si en los locales se termina instalando un negocio de mucho consumo puedan tener una buena cobertura solar. |
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Asi es, debes dejar hecha la preinstalacion, aunque ahora que lo dices no estoy seguro si esta en el CTE o en la ordenanza municipal de Valencia. Osea que alomejor no os afecta. Dee todas formas nadie esta cumpliendo esta premisa. A la hora de proyectar, casualmente, todo el mundo se olvida de los locales comerciales...
__________________ Renovarse o morir... |
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La verdad es que en la mayoria de los casos he obviado los locales comerciales a indicacion del arquitecto o el promotor. siempre quieren que la instalacion sea lo mas reducida posible y la posibilidad de un restaurante cambia mucho la cosa. Tengo aqui la ordenanza de Molina del segura y no pone nada al respecto, pero curiosamente obliga a fotovoltaica en viviendas multifamiliares
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De la Ordenanza Solar de Valencia: "En aquellos usos que comporten consumo de ACS no reflejados en la tabla 2 se procederá por analogía o, en su defecto, se adoptará para el cálculo una demanda unitaria de 12 litros por m². Para el caso de los locales en planta baja en edifi cio de nueva planta, en los cuales no se especifi que el uso al que se destinan en el momento de presentación del proyecto, se realizará la preinstalación de, al menos, los montantes verticales, a razón de 1/500 m² de planta baja o fracción, uniformemente distribuidos. Se empleará para ello una demanda unitaria de 12 litros/m² de superfi cie; a tal efecto, se reservará el espacio necesario en la cubierta del edifi cio, siendo accesible para el momento de habilitar el local. Tales circunstancias deberán de reseñarse en la escritura de obra nueva." Por tanto, efectivamente, parece que sólo ha de dejarse reservado el espacio para la instalación, y la instalación de bajantes. De todos modos, según parece, nadie hace caso a este punto :roll: . Un saludo |
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