Por más vueltas que le doy no consigo ver la razón para que el CTE no los permite.
¿Alguien me podría ayudar a ver la luz?
Gracias.
Por más vueltas que le doy no consigo ver la razón para que el CTE no los permite.
¿Alguien me podría ayudar a ver la luz?
Gracias.
Las Normativas son tan perfectas como quienes las dictan.
Pues, de acuerdo con la filosofía de la norma, porque limitan el rendimiento del sistema solar térmico al propiciar arrancadas del generador auxiliar cuando hay energía solar que sería aprovechable.
Me da la impresión de que la norma (o mejor sus redactores) considera que en la mayoría de las instalaciones, la estratificación requerida para que los acumuladores de doble serpentin trabajen con adecuado rendimiento, no se da, bien por el diseño inadecuado del acumulador, o bien por la mala ejecución de la instalación.
Tampoco hay que olvidar que desde el punto de vista de la prevención de la legionelósis la estratificación no es desable, o que tampoco parece fácil en los sistemas con un único acumulador, doble serpentín y circuito de retorno.
Saludos.
pero se permite utilizar un depósito de dos serpentines sin utilizar el superior o utilizando los dos en serie??
El CTE no prohibe el depósito en si, sino el apoyo convencional en el acumulador solar, de manera que si empleas los dos serpentines con fuentes renovables o gratuitas, no veo inconveniente.
Un saludo.
Dándole vueltas al tema le encuentro los siguientes pros y contras:
- Pros:
Menor espacio ocupado (1)
Menor precio
Menor superficie de pérdidas
Mayor capacidad solar en momentos de sobreproducción (disponemos del volumen convencional).(2)
Parte de las pérdidas del sistema asumibles por el solar(2)
Posibilidad de prescindir de convencional en verano(2)
Un sólo foco posible de origen de legionella: Menos riesgo y más fácil de prevenir.
- Contras:
Disminución de eficiencia debido al aumento de temperatura en la zona solar por transmisión desde la convencional.
(1) El m2 está en Madrid cerca de 4.000€/m2 (según el Min.Vivienda) --> 0,25 m2 = 1.000€
(2) Esto se también se podría conseguir en los sistemas de 2 acumuladores por medio de un termostato diferencial y una bomba.
Podemos obviar los dos primeros puntos que son meras cuestiones materialistas y centrarnos sólo en cuestiones técnicas, pero antes aclarar también que los acumuladores de doble serpentín tampoco pueden ser de cualquier manera: Deben ser esbeltos, disponer de un muy buen aislamiento para impedir el enfriamiento y la mezcla por convección, y tener algún sistema deflector en las entradas de agua para impedir turbulencias. El PCT IDAE 2002 lo aclaraba bastante bien.
¿Alguien se anima a añadir pros y/o contras?
Las Normativas son tan perfectas como quienes las dictan.
Contras:
más caros??
En lo demás estoy de acuerdo con edipolo
Cuando hayas cortado el último arbol, contaminado el último rio y pescado el último pez, te darás cuenta de que el dinero no se puede comer.
Edipolo, me parece que tu intervención ha sido muy acertada. Me gustaría ver si puedes matizar el tema del termostato diferencial y la bomba entre depósitos, porque veo algunas dificultades en la regulación:
La idea es que cuando el acumulador solar este más caliente que el convencional, pongamos 4ºC la bomba inicia una recirculación desde el convencional al solar (sería el circuito antilegionella obligatorio en paises como Alemania).
Ventajas:
- El agua más caliente pasa al convencional, con lo que el generador convencional trabaja menos tiempo.
- El agua más fría pasa al solar, con lo que mejora el rendimiento de la captación.
- El movimiento del agua evita los caminos preferentes o las zonas estancadas, dificultando la proliferación de la legionella.
Los esquemas que he visto de estas recirculaciones, conectan la salida del depósito convencional, con la entrada del solar, para aprovechar el circuito hidráulico.
La cuestión es ¿donde colocas las sondas de temperatura?.
Y otro problema que le veo, si la instalación está a régimen, el generador convencional mantiene el depósito a 60º (o lo que sea), por tanto solo habría intercambio de agua a temperaturas del solar mayores que 60º (o la que sea).
Es un tema que ya me han planteado en más de una ocasión y me parece muy interesante.
Saludos.
Las sondas se colocarían en la parte alta de ambos depósitos.
Si en la instalación existe recirculación de ACS hay también otro sistema que se está comenzando a usar en instalaciones centralizadas:
El retorno de la recirculación se lleva a través de una válvula de 3 vías al tanque convencional (si este está más caliente que el solar) o al solar (contraviniendo normativas) en caso contrario.
De esta manera también unificamos temperatura en tanques y cargamos las pérdidas de la recirculación al solar en vez de a convencional.
Si que es cierto que si tenemos el tanque convencional a 60 grados el sistema actuará ocasionalmente, pero en verano, con poca ocupación, seguro que lo hará.
Las Normativas son tan perfectas como quienes las dictan.
Por más que le doy vueltas al CTE me parece que el tema de los acumuladores bivalentes con doble serpentín... es más una cuestión de interpretación, no?
3.3.6 Sistema de energía convencional auxiliar
1 Para asegurar la continuidad en el abastecimiento de la demanda térmica, las instalaciones de energía solar deben disponer de un sistema de energía convencional auxiliar.
2 Queda prohibido el uso de sistemas de energía convencional auxiliar en el circuito primario de captadores.
El circuito primario de captadores en una configuración con intercambiador de doble serpentín es un circuito cerrado...
3.3.3.2 apartado 4 y dice "no se permite la conexión de un sistema de generación auxiliar en el acumulador solar...es claro no? pero no lo comparto
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