La energía solar no es una energía alternativa: es la energía.
Hermann Scheer

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Tema: cuando aplicar RITE o CTE

  1. #1
    Fecha de ingreso
    mar 2007
    Mensajes
    39

    Predeterminado cuando aplicar RITE o CTE

    Disculpen mi ignorancia pero, cuando un cliente que ya tiene su casa construida desea ponerse voluntariamente una instalación de energía solar térmica para acs + calefacción y así ahorrar en gas, que reglamente debe cumplir, el RITE o el CTE?
    Si es el RITE, entonces no existe la obligatoriedad de dimensionar la instalación para que ésta aporte el 60% de la energía destinada a estos fines, verdad? Entonces el dimensionamiento de la potencia de la instalación cual debe ser? Es según le parezca al instalador? Está condicionado a cumplir alguna normativa?

    Gracias de antemano

  2. #2
    Fecha de ingreso
    feb 2011
    Ubicación
    VALENCIA
    Mensajes
    84

    Thumbs up Respuesta: cuando aplicar RITE o CTE

    Cita Iniciado por anolcue Ver mensaje
    Disculpen mi ignorancia pero, cuando un cliente que ya tiene su casa construida desea ponerse voluntariamente una instalación de energía solar térmica para acs + calefacción y así ahorrar en gas, que reglamente debe cumplir, el RITE o el CTE?
    Si es el RITE, entonces no existe la obligatoriedad de dimensionar la instalación para que ésta aporte el 60% de la energía destinada a estos fines, verdad? Entonces el dimensionamiento de la potencia de la instalación cual debe ser? Es según le parezca al instalador? Está condicionado a cumplir alguna normativa?

    Gracias de antemano
    Hola anolcue, en principio debes cumplir los dos (RITE y CTE) pues verás que el CTE practicamente cuando habla de a.c.s. y calefacción te remite al RITE para casi todo y aunque tu cliente no tiene la obligación legal de cumplir con los reglamentos, si quieres un buen funcinamiento y optar a la subvención que la Autonimia correspondiente te ofrece (pues al no tener la obligación y ser una mejora que redunda en un ahorro energetico, si puede pedir subvención) y sinó el IDAE, te aconsejo los cumplas. Espero te sirva de ayuda.
    Un saludo.

  3. #3
    Fecha de ingreso
    ago 2008
    Ubicación
    Cantabria
    Mensajes
    136

    Predeterminado Respuesta: cuando aplicar RITE o CTE

    Hola, como bien dice el compañero Lobo Solitario, podrías obviar la normativa, pues parece que no estarías obligado (en teoría) a cumplirla.

    Pero tanto el RITE como el CTE, aparte de ser normativas de obligado cumplimiento, se pasan la pelota de uno al otro, es decir, has de considerar ambos siempre. Aparte del buen hacer profesional (lo de saltarse la normativa...), ten en cuenta que no está de más ojear ambos documentos, porque aparte te pueden dar algo de luz en algún caso de duda.

    Y añade el Pliego del IDAE de 2009 (creo recordar) a la lectura. Con eso no deberías de tener ningún problema.
    Un saludo.


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