Hola de nuevo!!
Analizando minuciosamente el HE4 me encuentro que dice que los edificios ejecutados en un mismo recinto se deben considerar como si fueran un único edificio con una demanda de ACS igual a la suma de las demandas de los mismos.
Mi pregunta está en el título del mensaje, :roll:
La consecuencia de lo arriba expuesto es que al considerar todo como un solo edificio se obtendrá una contribución conjunta, es decir, asociada al conjunto de edificios del recinto. Si cada edificio posee su instalación solar (me parece que es lo lógico, ¿no?) entonces el HE4 nos está exigiendo una contribución mínima para el conjunto y no para cada instalación solar. En definitiva que no pone un valor mínimo de contribución a las instalaciones solares individuales,:o .
¿Qué opinais?
Salu2


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