Hola a tod@s,
Resulta que se ha puesto en contacto conmigo una mujer que se ha hecho con un bloque de viviendas que cuenta con una instalación de energía solar térmica para ACS y apoyo a calefacción.
Las viviendas se entregaron en abril del año pasado, con lo que la instalación es practicamente nueva. Son 84 viviendas divididas en tipos de 2, 3 y 4 dormitorios, no sé en qué proporción, pues no me ha podido facilitar el dato exacto...Tampoco me ha podido decir qué potencia tiene de instalación, ni de cuantos colectores consta, a ver si me informa pues facilitaría bastamnte las cosas, como podeis imaginaros...
La cuestión es que la empresa que tenía contratada el antiguo propietario le está haciendo las revisiones cada mes, y le cobra por ello una cifra que a ella le parece excesiva. Aparte de que le está pasando los gastos del consumo energético generado por la instalación...¿esto de be de ser así?Si se ponen las energías renovables precísamente para abaratar la factura...¿porqué la empresa instaladora-mantenerdora tiene que cobrar el gasto de energía producido gratuítamente por el sol? Yo doy por hecho que la instalación quedó pagada en su momento, con lo que no entiendo a qué viene continuar cobrando...
Por otro lado, al no saber la potencia exacta de la instalación, no puedo averiguar la perioricidad de las revisiones a que está obligada la empresa mantenedora. Según el punto 4(mantenimiento), de la HE4 incluida en el CTE, el mantenimiento varía de 3 a 12 meses, dependiendo de los componentes que se hayan de revisar, lo cual no me cuadraría con el mantenimiento mensual que le están haciendo a la dueña del edificio...Pero en la IT 3.4 (Programa de gestión energética) del RITE, la frecuancia de la revisiones de las que debe encargarse la empresa mantenedora, son según la potencia de la instalación, y solo es obligatorio en el caso de que la instalación tenga mas de 1000kW de potencia.
¿Cual de las normativas hay que cumplir en el mantenimiento, la HE4,o el RITE? ¿las dos?
¿Alguno me podría decir aproximadamente qué potencia puede tener la instalación de la que hablamos? Yo echando cuentas a ojo, teniendo en cuenta un colector que dé 1,54kW, necesitaría 650 mínimo para llegar a esa potencia...Y eso, para 84 viviendas, aunque tenga incluido en apoyo a calefacción, me parece un tanto elevado ¿me equivoco?
Siento el tocho...esto es un mar de dudas...
Gracias por la colaboración de antemano![]()


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Si se ponen las energías renovables precísamente para abaratar la factura...¿porqué la empresa instaladora-mantenerdora tiene que cobrar el gasto de energía producido gratuítamente por el sol? Yo doy por hecho que la instalación quedó pagada en su momento, con lo que no entiendo a qué viene continuar cobrando...
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