Hola,

Quería preguntaros, cual es la diferencia real entre desarrollar un proyecto en las islas y hacerlo en la península.

A día de hoy, lo único que he encontrado ha sido la Orden IET/1459/2014, de 1 de agosto, por la que se aprueban los parámetros retributivos y se establece el mecanismo de asignación del régimen retributivo específico para nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, pero lo que define esta orden, son los códigos ITR con los parámetros retributivos que corresponderían para cada isla, para plantas puestas en marcha entre 2014-2016. Y a partir de aquí me surgen la siguientes dudas:

- Entiendo que esos códigos ITR solo son válidos para instalaciones que sean adjudicadas mediante alguna subasta que el gobierno publique, ¿Está prevista alguna subasta en las islas próximamente?
- ¿Existen códigos ITR actualizados para el periodo 2017-2019?
- ¿Las instalaciones fotovoltaicas en las islas también tienen que pagar el impuesto del 7% a la producción?

Gracias a todos por vuestra ayuda