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| Real Decreto-Ley 7/2006 El RD-L 7/2006 de carácter urgente choca frontalmente con la actual legislación decretada en el RD 436/2004. Esta inesperada situación ha suscitado una gran incertidumbre en el sector de la energía solar fotovoltaica. |
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Cuelgo la propuesta realizada a la Conselleria de Industria en agosto del año2005 :lol: :lol: :lol:
Normativa Gallega, Solar Fotovoltaica Propuesta de A.G.P.E.F La normativa Gallega de Energía solar Fotovoltaica contemplará todos los campos posibles para el mejor desarrollo en la Comunidad autónoma Gallega abarcando los siguientes campos 1º.- Composición 2º.- Consideraciones de interés general 3º.- Instalaciones 4º.- Situación de emplazamientos 5º.- Regulación y reglamentación Urbanística 6º.- Reglamentación Municipal 7º.- Subvenciones Composición y Funcionamiento La Dirección General de Industria creara una mesa permanente para la elaboración y seguimiento de la Normativa Gallega de Energía Solar Fotovoltaica Estará compuesta por dos representantes de: Conselleria de Industria Conselleria de Ordenación do Territorio Conselleria de Agricultura (Dirección General de Estructuras e Infraestructuras Agrarias) INEGA AGPEF Dicha mesa de trabajo se reunirá con un calendario diseñado en la primera reunión, la cual será convocada por la Dirección General de Industria a la mayor brevedad posible Consideraciones de interés general Declaración Institucional de las instalaciones de energía Solar como: Bien Mueble, de Interés general y exenta de restricciones a la hora de instalarlas en terrenos rústicos y urbanos. La normativa Gallega de Energía solar Fotovoltaica se considerara de interés general debido a las siguientes razones: 1º.- A las instalaciones de Energía Solar no se le conoce ninguna fuente de contaminación 2º.- Es la ideal para su producción y distribución en el ámbito Gallego debido a la dispersión poblacional 3º.- Genera riqueza con una distribución generalizada ALGUNAS RAZONES .-Las instalaciones de energía solar fotovoltaica producen la electricidad más ecológica que existe, técnicamente estable ya que no se produce energía reactiva. .-No genera campos magnéticos nocivos para la salud. .-No genera ruidos ni olores .-Si esta situada sobre seguidores solares puede permitir el mantenimiento de los usos del suelo, tanto agrícolas como ganaderos, siendo una opción válida para el mantenimiento de la población rural. .-Genera electricidad muy cerca del consumo, con lo cual se minimizan las perdidas del transporte, además de estabilizar la tensión en las zonas donde están implantadas. .-Su instalación no precisa movimientos de tierra, no afecta a la capa freática, no entorpece el vuelo de las aves migratorias. .-La construcción de instalaciones de energía solar fotovoltaica genera riqueza en todas sus fases de ejecución, desde la elaboración del proyecto hasta el cobro de los Kilowatios vertidos a la red, pasando por la obra civil, la construcción de las estructuras y paneles así como su instalación. .-Las líneas de conducción eléctrica desde los equipos hasta el punto de conexión con la red de distribución se efectúa mayormente subterránea eliminando así el impacto visual de las agrias. .-La producción de electricidad mediante paneles solares fotovoltaicos reduce la dependencia del petróleo y la contaminación generada por su combustión en las centrales térmicas, además reduce la utilización de las centrales hidroeléctricas alargando los niveles de los embalses en tiempo de sequía, coincidiendo con los de mayor irradiación solar. Regulación y reglamentación Urbanística Partiendo de que las instalaciones tienen una denominación de BIEN MUEBLE, considerados asimismo de Interés General, basamos los trámites en los siguientes puntos: 1º.-Licencia de obra menor del Ayuntamiento Creación a nivel Autonómico de un formulario que, unificando criterios, sirva para dar de alta una instalación solar fotovoltaica de venta a red en cualquier punto de la geografía Gallega, excepto en aquellos lugares donde su riqueza de patrimonio cultural, social o natural pueda ser modificado irreversiblemente. Este documento generara impreso simplificado donde se recojan los datos del peticionario, de la instalación y del lugar de la ubicación, estará a la disposición de los ciudadanos en todos los Concellos de Galicia, los cuales solo pueden aplicar el impuesto correspondiente a la obra civil, la cual consiste en los trabajos y materiales precisos para la construcción de las zapatas de suspensión de las estructuras de los paneles fotovoltaicos, en el caso de que la instalación así lo requiera. El Concello afectado dará la autorización provisional que pasara por ser definitiva en el momento en que se presente el boletín del electricista sellado por la correspondiente delegación de Industria, como comprobante fidedigno de que la instalación se encuentra en disposición de funcionamiento. Para dar la autorización provisional basta con presentar toda la documentación exigida en el impreso, a saber: Datos personales del solicitante, fotocopia D.N.I compulsado. Lugar donde se prevé efectuar la instalación fotovoltaica, ortofoto y parcelario de SIXPAC. En caso de instalación inferior a 10 KW croquis del emplazamiento sobre la foto de la parcela, las instalaciones de mas de 10 KW presentaran anteproyecto técnico. El funcionario correspondiente del Concello comprobará que se presentan los documentos solicitados , ratificando la exactitud de los datos del emplazamiento, emitirá la autorización provisional en el mismo momento, el cual tendrá una validez de seis meses, prorrogables en los casos donde las inclemencias metereologicas, y otros retrasos debidamente justificados así lo aconseje. Descentraliza, para una mayor rapidez los tramites de inscripción en el Régimen Especial, a favor de las Delegaciones Provinciales. 2º.-Certificación del instalador autorizado 3º.-Certificado de Industria 4º.-Inscripción en el Registro Autonómico y por añadidura en el registro Nacional. Las empresas eléctricas receptoras de la producción fotovoltaica en la Comunidad Autónoma Gallega, deberán tener una oficina técnica, burocrática y de tramites económicos, con suficiente capacidad para dar de alta las instalaciones además de gestionar la firma de contrato y el pago de la energía producida. Situación de emplazamientos La normativa Gallega de Energía solar Fotovoltaica contemplará: 1º.-Máxima diversificación por el territorio gallego. La normativa contemplara la creación de un mapa de las instalaciones y su potencia, primando las instalaciones de hasta 10 Kw. según su emplazamiento y situación. (Puntuación para las subvenciones) 3º.-Contribución al asentamiento poblacional Desde la Xunta y a través de la normativa se premiaría de forma equitativa todas las instalaciones de hasta 10 Kw. o más que justifiquen la residencia y el asentamiento del propietario durante diez años. (Puntuación para las subvenciones) 4º.-Compatibilidad con las explotaciones agrarias y ganaderas. Las instalaciones que mantengan el uso del suelo compatibilizándolo con las actividades anteriores a su implantación, puntuaran según los criterios contemplados en la normativa, Todas las explotaciones agrarias que estén interesadas se les proporcionaran la información necesaria coordinando las ayudas a través de las Consellerias implicadas. Instalaciones La normativa Gallega de Energía solar Fotovoltaica, regulara las instalaciones en base a los siguientes criterios: 1.- Deberán cumplir con los requisitos exigidos por las leyes que regulan el sector productivo de energía eléctrica, especialmente las referidas a la fotovoltaica. 2º.- Se procurara dentro de lo posible que las instalaciones empleen materiales elaborados y manufacturados en la Comunidad Gallega, para esto la Xunta de Galicia, a través de las diversas Consellerias elaborara un plan de I+D+i para la investigación y desarrollo tecnológico de la Energía Solar Fotovoltaica, aplicada al territorio gallego y dentro de él. 3º.- Se primaran mediante subvenciones directas o indirectas las instalaciones que empleen dichos materiales. 4º.- Su instalación en suelo rústico deberá ser lo mas respetuosa posible con el entorno, reduciendo al mínimo el impacto visual de la obra civil. 5º.- Los tendidos eléctricos de uso interno de las instalaciones y hasta loe equipos de medición deberán se soterrados según la normativa vigente (REBT). 6º.- Los centros de transformación a instalar por causa de la instalación, deberán respetar una distancia mínima de 100 metros hasta las viviendas mas cercanas, en caso de no disponer del espacio requerido se aislara el centro de transformación derivando a tierra el campo eléctrico que se genere. Subvenciones 1º.- Supresión de subvenciones a fondo perdido a las instalaciones de fotovoltaica de conexión a red. Destinando todos los recursos a la Energía Solar térmica y fotovoltaica aislada para favorecer a lo máximo su implantación por todo el territorio Gallego. 2º.- La Xunta de Galicia negociara con el Gobierno Central el montante de las subvenciones destinadas a energías renovables Europeas y Estatales que correspondan a Galicia para que se distribuyan directamente desde las instituciones Gallegas. 4º.- La Xunta negociara un incremento de la prima contemplada en el Real Decreto 346/2004 proporcionalmente a la irradiación solar comparada con otras Autonomías del Estado “ para evitar el agravio comparativo existente”. Por ejemplo la misma instalación genera un 20% mas en las zonas Centro y Sur de la Península que en Galicia. De manera que para que se desarrolle ampliamente la energía solar fotovoltaica de venta a red en nuestra comunidad y para evitar salida de capitales hacia otras Comunidades con mayor irradiación solar. 5º.- Las ayudas previstas para instalaciones fotovoltaicas conectadas a red se destinaran I+D+i a las empresas del sector establecidas en la Comunidad Autonoma Gallega que firmen convenios de colaboración con la Conselleria de Industria y organismos públicos o privados de la Comunidad sin animo de lucro. |
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Bravo MAyTE, bravísimo. Estoy totalmente de acuerdo contigo, el inmovilismo de la administración gallega los deja en ridículo por sí mismos, no hace falta que intervenga la policía autonómica. Si no fuera porque las consecuencias las sufrimos nosotros.
Ahora porque se van a cargar todo lo que se avanzó en estos últimos años, pero en cuanto salga el borrador definitivo del RDL veremos lo que pasa. Supongo que todo seguirá igual, y seguirán diciendo que están preparando una ley autonómica para arreglar este problema, todo mentira, a nadie le interesa porque los que de verdad quieren invertir se van fuera, como lleva ocurriendo toda la vida en este país (gallego). Parece que en Castilla sin ir más lejos el suelo sirve para otra cosa...hay que joderse, aberraciones urbanísticas por todos lados, recalificaciones a golpe de gaita y cartiños, pero eso sí, qué es eso de cobrar porque salga el sol???? A dónde vamos a ir a parar...dejar a las vaquiñas sin prado...hay que ser desalmado hombre. No se les cae la cara de vergüenza porque la tienen pegada con cemento del que usan los constructores. Y porque si se les cayera abrirían un boquete de kilómetros. De nuevo ánimo MAyTE, que toda la caña es poca. Saludos. |
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Hola Brunomiranda:
Una instalación es ilegal cuando se considera que ejerce un perjuicio para la población del entorno, para eso tiene que ser razonado y explicado y en ultimo caso, en una democracia :lol: :lol: votado, y tendrás que estar de acuerdo con migo que ninguna norma por defecto puede prohibir lo que no contempla y menos cuando esta abalado por el protocolo de Kyoto, Parlamento Europeo y Gobierno Español, Conselleria de Medioambiente, Conselleria de Industria esta dando subvenciones. Por eso te agradeceríamos que leyeras el borrador presentado por AGPEF y si como veo tienes tanto interés lo enriquezcas y si se diera la circunstancia se lo pasaras a la conselleria de Ordenación del Territorio o a presidencia que según rumores los de AGPEF son incompatibles, los que tenemos instalaciones te lo agradeceríamos infinitamente gracias
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El peor defecto es el conformismo |
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Alge, aunque parezca una obviedad, una instalación es ilegal cuando no cumple la ley, y el caso de que en la ley en cuestión aparece explicitamente que se prohiben los usos no citados es innegable.
Si hablamos de la conveniencia de cambiar la ley para adaptarla a la nueva coyuntura, en eso estamos de acuerdo. Si los productores de renovables os sentís perjudicados por el actual marco jurídico es totalmente lícito que hagais lo que esté en vuestra mano, dentro del juego democrático, para cambiarlo. No tengo inconveniente en leer el borrador de nueva normativa, si eres tan amable de hacermelo llegar, y tampoco tengo inconveniente de apoyarlo abiertamente si juzgo que es positivo para el interés común en un marco de desarrollo sostenible. Un cordial saludo. |
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Me han filltrado lo que yo ya suponia, dice mi contacto que la Xunta no tiene dinero excepto lo que acaparan de Europa. ¿No sé si ellos pagan todo o parte de la cuota del Regimen Especial o solo es el gobierno central?
Yo discrepo de Brunomiranda, la Ley no prohibe las instalaciones fotovoltaicas, creo que hay un vacio interpretativo ya que si por ejemplo si seguimos con la actividad agricola debajo de los seguidores no tendrian motivos para prohibirlo por el vacio legal o alegalidad ya que la actividad agricola o ganadera se seguria realizando en el mismo terreno. De todas maneras al que le hayan dado las licencias el anterior ejecutivo y el de ahora pretende derribarlas, tiene muchas posibilidades de ganar los procesos judiciales. |
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Hola Fredi
La Xunta no paga nada de las cuotas, por lo contrario, yo si desearía saber cuanto tubo que devolver el INGA en el 2005 de subvenciones concedidas por no ejecutar las obras. En cuanto a no tener dinero tengo que informarte de que en el 2006 recibieron (por gestiones protesta ante Presidencia de AGPEF) la parte correspondiente al ICO-IDEA que años anteriores se desplazaba a comunidades con políticos preocupados y bien situados por sus ciudadanos, que conste que esto no es hacer política :roll: .
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El peor defecto es el conformismo |
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Fredi, me parece que tu razonamiento de seguir con la actividad agricola bajo los seguidores no se sostiene, de acuerdo con ese razonamiento podrías ejecutar cualquier tipo de instalación, siempre y cuando mantuvieses la actividad agricola.
Me reitero en lo dicho, no estoy en contra de la producción FV en el medio rural, opino que con la ley actual es posible, y que es necesario modificar la misma para que los productores puedan desarrollar su actividad, en el marco de un desarrollo sostenible. Respecto en lo de animar a las personas que tienen licencias concedidas por la anterior administración a que litiguen me parece legítimo, aunque juzgo desacertado decir que van a ganar porque sí. En mi opinión la ley no les da la razón. Un saludo. |
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Cita:
Me reprochas que "anime" (cosa que nunca he dicho) a los productores a litigar. Te juro que no entiendo nada, en casos de vacios legales hay que apoyar un bando con todos los medios, y me imaginaba que el bando mayoritario de este foro son los productores, no la Administracion. Quizas este equivocado y alguno o muchos de los foreros seais parte de la Administracion, o funcionarios, o simplemente quereis que echen a los productores que hay para poder entrar vosotros en cupo, o simplemente que os cae bien la Administración o sois familiares de alguno de sus dirigentes. En fin, que me parece raro que si la Ley se puede interpretar de 2 maneras no apoyes la interpretación que hacen los productores, que es tan valida como la tuya, aparte que no has podido demostrar que MAyTE no tiene razón. |
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Considerando que este es un foro donde prima la defensa de la fotovoltaica tu exposición Fredi es de una coherencia aplastante
no se puede decir lo mismo de otras actuaciones :oops:
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El peor defecto es el conformismo |
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Cuando hace 30 años hablabamos de desarrollo sostenible se nos tachaba de ecologistas utópicos e idealistas, y cuando pedíamos a gritos que se impulsara el desarrollo de las renovables también. En estos dos ultimos años hemos visto como aquellos que nos tildaban de chiflados se han subido al carro de la ecología y hablan de desarrollo sostenible al igual que hasta hace bien poco lo hacian de desarrollo industrial a toda costa. Lo que mas nos llama la atención, aunque ya no nos sorprende, es que todos los que hablan de desarrollo sostenible lo hacen desde las urbes y pretendiendo enseñar (¿obligar?) a los del campo como tienen que vivir y que han de renunciar a su propio derecho de desarrollo personal en un mundo donde estas obligado a moverte en una economía de mercado, de un mercado que, casualmente, lo manejan los urbanitas. Durante años hemos tenido que agachar la cabeza y reconocer que éramos unos ignorantes ante la legión de técnicos que, pagados por la administración, venían a decirnos como teníamos que ordeñar la vaca después de estar haciéndolo toda la vida. Comprendemos perfectamente que a los urbanitas les cueste entender que los del campo tenemos derecho a un desarrollo digno. No digo que tengamos que dejar de limpiar las caquitas de las vacas que dan la leche que los urbanitas se desayunan todos los días, nada mas lejos de la realidad. Lo que sí afirmamos es que a los gallegos del interior, míralo como quieras Bruno pero hay dos Galicias bién diferenciadas aunque tú solo veas una, siempre se nos ha condenado al ostracismo, a ser la cenicienta de la otra Galicia, mas desarrollada en todos los aspectos, y que cuando habíamos encontrado una opción que nos permitía poder seguir sacando las caquitas de las vacas que dan la leche que desayunan los urbanitas, y ofrecerles a nuestros hijos una educación mas técnica, ( por descontado que la humana siempre la van a tener) vienen los técnicos, urbanitas claro, y nos dicen que no podemos montar instalaciones fotovoltaicas en nuestras fincas, que ellos, los técnicos urbanitas, nos tienen que decir cómo podemos desarrollarnos en un marco de desarrollo sostenible. Por cierto Bruno, deberías de salir al campo y visitar una instalación fotovoltaica con seguidores para comprobar por tí mismo que sí es posible el mantenimiento del uso del suelo, ya sea para pastoreo o labradío. Antes de hablar de lo que se desconoce es mejor quedarse callado, porque si no la gente que lo escucha o lee se puede creer cosas erróneas como hizo el delegado de Urbanismo de Lugo en un debate televisado al comparar las instalaciones fotovoltaicas con las líneas de alta tensión y los pararrayos radiactivos que producían cancer. A partir de ahí se ha generado un nivel de dudas generalizado y aguzado por la sensibilidad creada con las instalaciones de telefonía móvil.
Respecto a la propuesta de norma fotovoltaica para Galicia elaborada por la AGPEF la tienes visible en un mensaje de este mismo foro. |
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