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Real Decreto-Ley 7/2006 El RD-L 7/2006 de carácter urgente choca frontalmente con la actual legislación decretada en el RD 436/2004. Esta inesperada situación ha suscitado una gran incertidumbre en el sector de la energía solar fotovoltaica.

 
 
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  #31 (permalink)  
Antiguo 18-09-2006
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Jesus Maria acaba de empezar como quién dice
Predeterminado

Todos damos por hecho que va a haber revisión de primas durante lo que queda del año 2006,pero si "casualmente" el nuevo decreto se aprueba en enero del 2007,eso significaría que el nuevo "fin del mundo fotovoltaico" sería el 1 de enero del 2009,con lo cual todos los megaproyectos estarían realizados,podría ser???.
  #32 (permalink)  
Antiguo 19-09-2006
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Jumanji va por buen camino
Predeterminado

No sé, lo cierto es que ya no me imagino el mundo (este país) sin la FV. Es parte del futuro (ya presente), y en 2009 las cosas cambiarán, pero no debemos tratar de buscar a toda costa el fin de la energía solar, que no se va a producir.

Debemos de acostumbrarnos a un sector cada vez más maduro, y por supuesto cambiante hasta que se estabilice (y eso no ocurrirá en muchos años).

Como dijo Welsungo una vez, "sólo sé que el mundo que verán mis hijos será muy distinto al actual". :roll:
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Blog Solar de Jumanji
  #33 (permalink)  
Antiguo 19-09-2006
Avatar de jor-sol
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jor-sol se está empezando a ganar el aprecio del foro
Predeterminado

Cita:
Empezado por Jesus Maria
Todos damos por hecho que va a haber revisión de primas durante lo que queda del año 2006,pero si "casualmente" el nuevo decreto se aprueba en enero del 2007,eso significaría que el nuevo "fin del mundo fotovoltaico" sería el 1 de enero del 2009,con lo cual todos los megaproyectos estarían realizados,podría ser???.
Jesús María, el tema está en que según reza el borrador, dicho RD tiene efectos desde su publicación en el BOE con lo que "parece" que no respeta lo que dice el DR436 de que su revisión será el "1 de enero del segundo año posterior a la revisión..."
Ahí está uno de los problemas que, los que estamos en trámites, puede que no nos de tiempo a inscribirnos en el REPE antes de que salga este nuevo RD.
Y otro de los problemas, es que hablan de que afectará a la totalidad de las instalaciones, independientemente de su puesta en funcionamiento (o sea, retroactivo) con lo que, si esto fuese así, daría igual lo que digo en el punto anterior ya que, aunque tuvieses el REPE antes de la salida de este nuevo RD, estarías también afectado por el mismo.

Lo que tienen que hacer es que no ocurra ninguno de estos dos casos, o sea, que respeten los años de transferencia y que no tenga efectos retroactivos. De este modo los inversores sabrían a qué atenerse y podrían tomar las decisiones con conocimiento de causa.

Joder !! NO SE PORQUE LO TIENEN QUE COMPLICAR TANTO !!!
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"El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones" (Sir Francis Bacon)
  #34 (permalink)  
Antiguo 19-09-2006
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simosol va por buen camino
Predeterminado

Jor-sol, en el post del RD 436 ya intenté clarificar algunas de las dudas que planteas.

Yo sé que la tranquilidad definitiva sólo va a llegar cuando se publique el nuevo RD, pero si esa es nuestra postura, deberíamos elegir un camino:

1- No plantear ninguna duda nueva, porque nada de lo que nos digan nos dejará tranquilo hastqa que se publique. Entonces este foro se convierte en el muro de las lamentaciones.

2- Intenta llegar a verdades parciales hasta que se publique la verdad absoluta.

Yo intento seguir el segundo camino, anque a veces se me dé mejor que otras.


Cita:
Y otro de los problemas, es que hablan de que afectará a la totalidad de las instalaciones, independientemente de su puesta en funcionamiento (o sea, retroactivo) con lo que, si esto fuese así, daría igual lo que digo en el punto anterior ya que, aunque tuvieses el REPE antes de la salida de este nuevo RD, estarías también afectado por el mismo.
Sólo afecta a instalaciones acogidas al nuevo RD en su artículo 39, luego en caso de no modificarse la retroactividad que propone el borrador, sería de aplicación sólo a nuevas instalaciones. Lo cual no es ni mucho bueno una buena noticia, pero hemos eliminado el otro 50% (las que ya está funcionando)

Saludos.
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"Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas, de pronto, cambiaron todas las preguntas" (M. Benedetti)
  #35 (permalink)  
Antiguo 19-09-2006
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Posts: 234
besto va por buen camino
Predeterminado

Hombre, eso de que lo saquen un día y aplique al día siguiente me parece un poco fuete. De hecho la revisión puede salir cualquier día desde hoy hasta diciembre. Yo creo que no es sólo importante la retroactividad para las instalaciones ya conectadas, las instalaciones en construcción también debieran de tener derecho a acogerse a las condiciones actuales.

Sobre este tema me parece muy adecuado el planteamiento alemán. Un 5% menos cada año hace muy fácil hacer previsiones tanto al gobierno, al sector eléctrico, a las compañías eléctricas e incluso a los particulares interesados en montar una instalación.
  #36 (permalink)  
Antiguo 19-09-2006
Avatar de jor-sol
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Posts: 954
jor-sol se está empezando a ganar el aprecio del foro
Predeterminado

Cita:
Empezado por simosol
Sólo afecta a instalaciones acogidas al nuevo RD en su artículo 39, luego en caso de no modificarse la retroactividad que propone el borrador, sería de aplicación sólo a nuevas instalaciones.
Tienes toda la razón, el título del artículo 39 dice:

"Artículo 39. Revisión de tarifas, primas, incentivos y complementos para nuevas instalaciones. "

Con lo que el punto 3 de este mismo artículo (que era lo que me preocupaba) solo es para las nuevas:

"3. Las tarifas, primas, incentivos, complementos y límites inferiores y superiores, que resulten de cualquiera de las revisiones contempladas en esta sección serán de aplicación a la totalidad de instalaciones de cada grupo, con independencia de la fecha de puesta en servicio de la instalación."

Gracias y saludos
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  #37 (permalink)  
Antiguo 19-09-2006
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kinoportero acaba de empezar como quién dice
Predeterminado

Pero ahí la gran pregunta Jor-Sol...

Qué es una nueva instalación??? Es decir, si yo me conecto a la red por primera vez el lunes que viene y el decreto sale hoy... a qué régimen tarifario me acojo? Al 436 o al XXX?

Yo, a mis clientes les estoy aconsejando que paren los proyectos por esto mismo, porque en ningún momento habla del 1 de enero de 2008 y sí que dice:

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado el Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo por el que se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.


Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".


Salu2,
  #38 (permalink)  
Antiguo 19-09-2006
Avatar de jor-sol
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Ubicación: Valencia-Alicante
Posts: 954
jor-sol se está empezando a ganar el aprecio del foro
Predeterminado

Esa es la cuestión, y era el primer problema que planteaba en mi post.

Cita:
Empezado por jor-sol
...el tema está en que según reza el borrador, dicho RD tiene efectos desde su publicación en el BOE con lo que "parece" que no respeta lo que dice el DR436 de que su revisión será el "1 de enero del segundo año posterior a la revisión..."
Ahí está uno de los problemas que, los que estamos en trámites, puede que no nos de tiempo a inscribirnos en el REPE antes de que salga este nuevo RD....
Habrá que ver como resuelven esto... pero me parecería una locura que no diesen un tiempo factible para que los que están en proyecto no puedan acogerse a las condiciones que se les planteó cuando decidieron apostar por su inversión.

El segundo problema que planteaba en mi post es el que me ha comentado Simosol, que queda resuelto.
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