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| Real Decreto-Ley 7/2006 El RD-L 7/2006 de carácter urgente choca frontalmente con la actual legislación decretada en el RD 436/2004. Esta inesperada situación ha suscitado una gran incertidumbre en el sector de la energía solar fotovoltaica. |
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Desde luego en la CNE los funcionarios de turno siguen confiando y remitiendo al decreto actual cuando se les pregunta sobre retroactividad de las nuevas primas o de modificación de la fecha de entrada en vigor de las nuevas primas. De hecho me han remitido a esta respuesta del 22 Mayo 2006. http://www.cne.es/cne/doc/publicaciones/cne67_06.pdf |
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Jumanji - enorabuena por tu "pequeño-gran exito". Sinceramente creo que nos tendriamos que exponer nuestros argumentos delante de mas gente. ¿Que otras cosas podemos hacer para transmitir nuestro malestar a las autoridades? ¿Podríamos mandar una carta a diputados, partidos politicos, CNE, MITYC, Bruselas-EU, Green Peace, etc..? ¿Se os occuren otras ideas? Saludos. |
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No exactamente. Lo que dice es que no es vinculante, Y que lo hace en base a la normativa vigente. Es que hay otra forma de hacerlo que no sea en base a la normativa vigente?
__________________ "Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas, de pronto, cambiaron todas las preguntas" (M. Benedetti) |
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La normtiva vigente el 22 de Mayo no incluia el RD7/2006 que ha salido el 23 de Junio, por lo tanto la carta de la CNE está escrita con la normativa vigente antes del RD7/2006. La CNE tiene que pronunciarse ahora sobre el RD7/2006 aunque no sea vinculante, lo de remitirnos a una situación anterior es hacerse el loco (por ejemplo la desligación del TMR a la prima). |
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Que yo sepa, la normativa vigente en temas como los tratados en dicha consulta, en lo referente a revisiones, plazos, tarifas,retroactividad, etc. sigue siendo la misma... ¿o es que ha cambiado? Aunque el RD 7/2006 haya desligado temporalmente la TRM de la tarifa, el RD 436/2004 no ha sido derrogado. Por tanto, se entiende que la respuesta a dicha consulta hoy en día sería la misma. No obstante, el que no se haya quedado conforme, puede volver a consultarlo.
__________________ "Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas, de pronto, cambiaron todas las preguntas" (M. Benedetti) |
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Yo ya he realizado esa consulta concreta y estoy esperando respuesta. Me han dicho que tardarán en responder... en concreto he preguntado a la CNE, Ministerio industria e IDAE si existe alguna posibilidad de que las nuevas primas y forma de retribución que se introduzca con la revisión del decreto, pudiera llegar a afectar a instalaciones conectadas durante 2007. Todos aquellos que tengáis dudas con estos temas escribid cartas y consultas que es la mejor forma de presionar para que aclaren esta incertidumbre innecesaria. |
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| Cita:
A mi me parece una respuesta mas que adecuada y aclararatória sobre algunos de los puntos mas oscuros del RD7/2006 Ademas, si alguien sabe leer entrelineas...se insinuan mas cuestiones de las que quedan meramente escritas, como por ejemplo: Por ello, en la práctica, en tanto no se revise el régimen retributivo de las instalaciones de régimen especial, la remuneración de la energía eléctrica producida por las instalaciones acogidas a este régimen permanecerá en los mismos valores que se establecieron el pasado día 1 de enero, es decir, basada en una cuantía de la TMR de 7,6588 céntimos de euro por KWh. Precisamente, uno de los objetivos del Gobierno en esta materia, es quintuplicar la superficie instalada de energía solar, por lo que se considera que la reforma servirá a este propósito y, por lo tanto, no perjudicará a los agentes interesados que han apostado por un desarrollo energético sostenible, de acuerdo con los planes del Ejecutivo de fomentar la eficiencia energética necesaria, para cumplir con el compromiso de Kyoto y con los objetivos de reducción de emisiones. :? Por que nos empeñamos en aseverar tan alegremente que la Base de Referéncia para renovables va a ser mas baja que la TMR actual? :? Donde dice dicha Base no se vaya a actualizar anualmente? |
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