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Real Decreto 1578/2008 de retribución fotovoltaica Discusión del recién aprobado Real Decreto de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica.

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  #1 (permalink)  
Antiguo 26-09-2008
Avatar de solarweb
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Registrado: abr 2005
Ubicación: Sevilla
Posts: 817
solarweb va por buen camino
Predeterminado Nuevo foro Real Decreto Fotovoltaica

Hola a todos, como ya sabréis hoy se ha aprobado en el Consejo de Ministros la norma que regulará la retribución de las instalaciones solares fotovoltaicas inscritas a partir del 29 de septiembre.

Se abre este nuevo subforo para la discusión y análisis de dicha norma.

Al día de hoy no disponemos del texto definitivo aunque algunos medios ya se hacen eco de los cambios que introduce el texto definitivo respecto a los borradores que lo precedieron.

Más información en Blog Solar de Jumanji

Saludos,
__________________
A. Flores
Solarweb.net - Energía solar

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  #2 (permalink)  
Antiguo 27-09-2008
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Registrado: ene 2007
Posts: 34
Luis Miguel va por buen camino
Predeterminado Real Decreto 1578/2008 Fotovoltaica

Aqui lo teneis.

http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/2...9117-39125.pdf

Aunque tengas la incripcion definitiva despues del 29 de septiembre hay que pasar por las preinscripciones y cupos si no quieres cobrar a precios de mercado.

Tambien se pueden recuperar los avales si no te interesa continuar.
  #3 (permalink)  
Antiguo 27-09-2008
ref ref está desconectado
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Registrado: sep 2007
Posts: 35
ref va por buen camino
Predeterminado Re: Nuevo foro Real Decreto Fotovoltaica

Gracias, ahora a estudiarlo y a adaptarnos para seguir creciendo.
  #4 (permalink)  
Antiguo 27-09-2008
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Registrado: nov 2007
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Posts: 117
monegrino se está empezando a ganar el aprecio del foro
Predeterminado Re: Nuevo foro Real Decreto Fotovoltaica

Han incluído instalaciones de carácter agropecuario. Conozco a mucha gente espcialmente en Monegros que se van a poner muy contentos.

Y las primeras solicitudes se pueden presentar, por lo visto, a partir de ya. Primera publicación de proyectos aceptados en diciembre.
  #5 (permalink)  
Antiguo 27-09-2008
ref ref está desconectado
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Registrado: sep 2007
Posts: 35
ref va por buen camino
Predeterminado Re: Nuevo foro Real Decreto Fotovoltaica

ANEXO III:

4. Se establecen, para las dos primeras convocatorias
de 2009, una duración del plazo de presentación de
solicitudes y de publicación del resultado, diferentes. El
calendario para estas dos convocatorias será el
siguiente:
i. Convocatoria 1.er trimestre de 2009.
Presentación de la solicitud. Entre el 15 de octubre y el
15 de noviembre de 2008, ambos inclusive.
Publicación del resultado del procedimiento de preasignación
de retribución: Antes del 16 de enero de 2009.
ii. Convocatoria 2.º trimestre de 2009.
Presentación de la solicitud. Entre el 16 de noviembre
de 2008 y el 31 de enero de 2009, ambos inclusive.
Publicación del resultado del procedimiento de preasignación
de retribución: Antes del 1 de abril de 2009.
  #6 (permalink)  
Antiguo 27-09-2008
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Registrado: jun 2008
Ubicación: Murcia
Posts: 5
voydetras acaba de empezar como quién dice
Predeterminado Re: Nuevo foro Real Decreto Fotovoltaica

Hola a todos,
soy algo novato y si vosotros que sois mas expertos, sobre todo monegrino, (sigo tus comentarios en el foro dede hace tiempo y me gustan tus opiniones), me comentais una duda os lo agradezco, es la siguiente: ¿que pasa con las instalaciones que tienen las inscripciones provisionales y todas las autorizaciones antes del 29/09, incluso antes de la necesidad de avales?, ¿se empieza de cero presentando ahora la solicitud del registro de preasignación?, o sirve de algo lo que había.
  #7 (permalink)  
Antiguo 27-09-2008
Avatar de asterix
Moderador
 
Registrado: jul 2008
Ubicación: Alicante
Posts: 97
asterix , sus aportaciones son muy valoradas en este foroasterix , sus aportaciones son muy valoradas en este foro
Predeterminado Re: Nuevo foro Real Decreto Fotovoltaica

Hola a todos,

Sampedro, Mdosol y yo estamos mejorando y ahora actualizando una tabla de cálculos de rentabilidad de inversiones solares fotovoltaicas.

Estamos incluyendo una nueva pestaña para el cálculo de las tarifas según como se copen los cupos de cada tipología y tachín : ¿A que no sabéis lo que se desprende inmediatamente?

Que lo de 32 c€/kwh para tipología II que pareció una subida es un espejismo. ¿Por qué digo eso? Muy sencillo, la primera convocatoria tiene un cupo de 133/4 = 33,25Mw que a 10Mw máximo son pepito, juanito y andrés (todos ellos miembros de algun grupo de amigos) que tenían sus huertas listas para conectar pero no llegaron a tiempo y cobrarán a 32 ct€/kwh. ¿Y que pasa con esta magnífica fórmula? : Pues que inmediatamente lo baja a 31,14320 ct€/kwh dado que se copó el cupo de la convocatoria a más del 75%.

¿Y que pasa con la segunda convocatoria?, pues lo mismo que el cupo es de nuevo los 33,25 MW (recordar que el incremento del cupo es anual) y entrarán pepito2, juanito2, y andrés2 (los segundones - creo que ya voy por 6 amigos) cobrarán a 31,14320 ct€/kwh y la tarifa para la tercera convocatoria tendrá un precio de 30,30930 ct€/kwh a la que accederán pepito3, juanito3 y andrés 3 (los tercerones - y creo que ya van 9 pero quizás ya estén todos) porque para el resto que entraremos en la cuarta el precio será 29,49770 ct€/kwh.

Es decir, que la migaja que nos caerá tras el grupo de amigos con macro huertas listas para conectar pero que por desgracia no llegaron al 661 es de 0,49770 sobre los 29ct€/kwh que tuvieron todos los borradores.

Los pequeños nos debemos siempre conformar con las migajas de los grandes. O no?

Salu2.
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Asterix,

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  #8 (permalink)  
Antiguo 27-09-2008
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Ubicación: ALMERÍA
Posts: 11
AVIADOR acaba de empezar como quién dice
Predeterminado Re: Nuevo foro Real Decreto Fotovoltaica

Hola asterix, buen razonamiento. Solo un comentario para el próximo año según la Disposición transitoria única la potencia para las de tipo II serían 234 MW y si no le interpretado mal esta cantidad es la que debería incluir en la fórmula 234/4 = 58,5 MW para la asignación de potencia por convocatoria.

Por otro lado entiendo que las instalaciones que se estén ejecutando o se comiencen inmediatamente tienen hasta el 31 de enero, cuando finaliza la convocatoria del 2º trimestre de 2009, para inscribirse preferentemente siempre que dispongan de inscripción definita. La cuestión que me planteo es
-¿se inscribirán preferentemente antes de 15 de Noviembre 58,5 MW? quizás por tiempo no, aunque por si exista esta potencia rezagada
-¿se inscribirán preferentemente antes del 31 de Enero un total de 117 MW? por tiempo si, y es posible que también exista esta potencia rezagada.

Para las siguientes convocatorias pierden sus privilegios, salvo el de disponer a la fecha de la apertura de la siguiente convocatoria, 1 de febrero, de las autorizaciones pertinentes.

Lo someto a vuestra consideración y espero comentarios y/o correcciones.

Saludos.
  #9 (permalink)  
Antiguo 27-09-2008
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Registrado: mar 2007
Ubicación: Murcia
Posts: 59
quefull acaba de empezar como quién dice
Cool Re: Nuevo foro Real Decreto Fotovoltaica

hola,
si querian evitar la especulacion creo que ha sido inutil, ya hay lanzados muchos proyectos desde esta tarde que disponen unica y exclusivamente la LICENCIA DE OBRA, algo nada peregrino si tenemos en cuenta que en la mayoria de la comunidades es necesario mas de un año en conseguir todos estos permisos de los aytos, y luego porque pasar tan olimpicamente de las consegerias, es que las comunidades autonomas no tienen nada que opinar? tendremos que ir a Madrid a hacer consultas?
no sé aun no lo veo claro, aunque el lunes ya estoy pidiendo lalicencia paracubierta de varios clientes, eso si al ser sobre cubierta se avienen a depositar un aval que pagará intereses sin respuesta durante un minimo de tres meses. Mas incerdidumbre a mi parecer.
Pero mi dicho sigue vigente:
cuando todos crean que el fin del mundo llega el 29 de septiembre ya seguiré trabajando ( aunque sea de limpia huertos)
  #10 (permalink)  
Antiguo 28-09-2008
Avatar de asterix
Moderador
 
Registrado: jul 2008
Ubicación: Alicante
Posts: 97
asterix , sus aportaciones son muy valoradas en este foroasterix , sus aportaciones son muy valoradas en este foro
Predeterminado Re: Nuevo foro Real Decreto Fotovoltaica

Cita:
Empezado por AVIADOR Ver Mensaje
... Solo un comentario para el próximo año según la Disposición transitoria única la potencia para las de tipo II serían 234 MW...
Hola Aviador,

Tienes toda la razón, disculpas se me olvidó dicha disposición. Sin embargo si recuerdas el borrador añadía 200/m MW y 100/m MW para 2009 y 2010 respectivamente.

Pienso que alguien ha conseguido una subida que es un espejismo para la gran mayoría de nosotros porque si hay huertos grandes listos para inscribirse coparan esas convocatorias y se llevaran precios superiores a los 29 ct€/kwh de antes. Y suena a coincidencia extraña que para mantener constante el producto potencia instalada por precio se haya rebajado la potencia adicional de la disposición a 100/m MW y 60/m MW para 2009 y 2010 respectivamente.

Posiblemente si se hubiera quedado la tarifa a 29 ct€/kwh y la potencia adicional en 200/m y 100/m MW se habría repartido el precio de 29 ct€ para más gente y no solo para los que vienen detrás. Por otro lado, si cuando se publiquen las primeras convocatorias vemos una diversidad de tamaños y predominan los pequeños huertos habrá sido mejor como ha salido que como estaba en los borradores.

Ya veremos.
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Asterix,

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fotovoltaica, normativa, real decreto

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