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| Nuevo Real Decreto 661/2007 Régimen Especial Para consultas y debates relativos al nuevo texto del Real Decreto 661/2007. |
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__________________ Eritrema solar |
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| ....antes de realizar la solicitud de acceso a la red de transporte deberá presentar ante la Dirección General de Política Energética y Minas resguardo de la Caja General de Depósitos de haber presentado un aval por una cuantía equivalente a 500 €/kW... ...Se tendrá en cuenta a la hora de valorar el desistimiento del promotor, el resultado de los actos administrativos previos que puedan condicionar la viabilidad del proyecto.» Si renuncias al proyecto porque la solución de la eléctrica te resulta cara... puede ser objeto de discusión si ello hace o no inviable el proyecto (podría ser viable pero con rendimientos inferiores a los previstos y en ese caso o lo aceptas o te ejecutan el aval)
__________________ Eritrema solar |
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siempre se tienen que dejar algo para que haya lío. No podrian decir simplemente que si las consideraciones suponen introducir un punto que modifique en un 5% por ejemplo, la inversion contemplada, te puedas retirar y punto. siempre a deliberar y a juicios.... jajajajajaja
__________________ http://www.apliverd.com |
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| Cita:
Con lo que le cuesta a la gente acabar la carrera, doctorados... para que luego se legisle como el culo. Desde el RD 436/2004 llevamos viéndole las orejas al lobo, con unmontón de contradicciones largamente discutidas, y llega el nuevo y no soluciona una parte de ellas.
__________________ Blog Solar de Jumanji |
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Hola a todos, Habiendome leido un par de veces el producto "deposicionado" por las "preclaras" mentes, fieles devotas e incondicionales siervas y jaleantes de los más oscuros e inconfesables intereses de la banda Monclovita, parientes, adobados y demás gentuza cortesana, Ruego a quien haya tenido similar paciencia y esté más familiarizado con los regates normativos, me explique lo siguiente: Art.4-P.1 -> La autoriz.Admisnitrativa corresponde a las Autonomias Art.4-P.2+ -> La autriz. admin. es del estado cuando la planta esta sobre 2 autonomias o tiene mas de 50 MW. Y ahora, Disp. Final 2da. -> El aval sera a favor de la DG Energía del Estado y presentado ante esta para que puedas solicitar el estudio previo del enganche Y finalmente, Disp. Final 3a. -> Textual "Las referencias a los procedimientos sólo serán aplicables a las instalaciones de competencia estatal...." En resumen, 1) Visto lo anterior, Como puñetas se come lo del aval de marras??? Por otro lado, varias "perlas" de la "Banda", 1) En la Disp. final 2a dice "Si a lo largo del procedimiento, el solicitante desiste voluntariamente de la tramitación administrativa de la instalación o no responde a los requerimientos de la Administración de información o actuación realizados en el plazo de tres meses, se procederá a la ejecución del aval. Se tendrá en cuenta a la hora de valorar el desistimiento del promotor, el resultado de los actos administrativos previos que puedan condicionar la viabilidad del proyecto." - Que quiere decir "Tú trae la pasta y luego ya veremos" Esto no se le hubiera ocurrido decirlo a ni a El Padrino ni Al Capone en sus mejores momentos!!!, estas salidas de tono se admiten ni en la "cosa nostra". 2) Siguiendo en la línea mafiosa, otra perla, la FV un aval de 500 E/Kw y los "parientes" de la "familia" (es decir, los eólicos), sólo 20 e/Kw - Esto se consideraría inmoral hasta en Sicilia !!! 3)Transitoria 1a P. 4 "Quedan exceptuadas de esta disposición transitoria las instalaciones del grupo b.1 del Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, que se entenderán automáticamente incluidas en el presente real decreto,... - Retroactividad, aquí tienes, toma 3 tazas. 4) Adicional 13, Nos van a cobrar los gastos de ampliación y mantenimiento de la red. Todavía no saben cómo, pero lo harán de forma que a las eléctricas la red les salga gratis - Seguro - (Vease las mesas de CLM). 5) Articulo 30, Que alguien se lo lea con calma, pero creo entender que ahora quien nos paga va ha ser la CNE?? - Si nos tiene aue pagar la CNE, en que plazos y en que condiciones (y que nadie sea tan ingénuo de creerse que será como hasta ahora...) preparémonos a cobrar tarde mal o nunca!!! ya que según esto, la CNE debería tenerlo todo listo para pagarnos las facturas en 30 dias y eso no se lo cree nadie (o hay alguien tan iluso...). Para terminar, mencionar que hay un parrafito perdido en alguna parte, donde se dice que las instalaciones para autoabastecimiento de las electricas y similares podrán pasar al régimen especial y cobrar la tarifa especial cuando termine el contrato que ahora tiene con ellas mismas... tela!!! En fin, se ruegan comentarios e ideas... y perdón por la toalla pero estoy muy muy muy cabreado con esta guarrería. Saludos Cordiales, |
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buenas, son 41 páginas densas densas. Hay que sey un hacha para escribir así. Después de todo una pregunta y perdonar si os parece tonta o simple: ¿hay que hacer ahora algún trámite con las distribuidoras para las plantas con contrato compra-venta en vigor conforme al RD436? y con la administración. Saludos. Lo veo casa vez más dificil para los pequeños/medianos. Este RD facilita el control de sólo los grandes... :roll: |
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Estimado Solenergia, Visto lo visto, parece que NO, por el momento. No obstante y vista la pésima redacción y estructuración del RD yo iría abriendo el contacto con las electricas, pero sin esperanza de tener ninguna respuesta hasta pasados, al menos, 90 días ya que es lo que suelen tardar en enterarse de lo que hay que hacer los pobres sufridores que nos atienden el télefono o en persona (sus jefes, es otro tema...). Lo que sí recomendaría es llamar el mismo lunes a la CNE y preguntarles "como quieren la factura del mes que viene" y "una vez recibida, la pasta, pá cuando?" y no aceptes un "al término del trámite" por respuesta. Saludos Cordiales, |
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Me he leido el texto dos veces... y tendré qe hacerlo por lo menos 20 porque es un engendro jurídico. Se ve a kilómetros que han "cortado y pegado" según soplara el aire. Me temo que no tienen ni p. idea de qué hacer con este tinglado o cómo resolver el problema de la infraestructura de transporte. Me temo que en menos de un año van a aparecer Ordenes ministeriales poniendo parches a tutiplén. Mi predicción a "vista de pájaro" es que los tiros van por la eliminación de los pequeños (que dan mucha lata y son un peligro electoral a medio plazo) y reorientar este mercado a las grandes compañías con músculo financiero para endosarles la mejora de las infraestructuras en libre negociación con las eléctricas y con las que el Gobierno siempre podrá negociar con cierta discrección y más peso. Negociar con 6 o 7 grandes es más cómodo que con un colectivo de centenares de súbditos que quieren cobrar a fin de mes... o montan el pollo... De cualquier forma, no nos precipitemos, hagamos la digestión de esta reglamentación porque hay que leerse TODAS las líneas del RD (no solo las que aparentemente se refieren al grupo b). Con papel y lápiz.
__________________ Eritrema solar |
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