Hola a todos.
Segun entiendo yo y ademas lo tengo por escrito de la propia Generali, las placas solares son consideradas continente.
Las garantias por robo son hasta el limite del 100% del capital asegurado como "continente", (lo puedes ver en el propio enlace que has puesto), en el apartado de "ROBO HURTO Y EXPOLIACION" ..... 100% Cte. Por tanto quedan aseguradas hasta ese límite a las garantias de robo , hurto y expoliación..
El dia 19 de Septiembre, como respuesta a un anterior email mio, dando una paliza importante a un tecnico de Generali (preguntando todas mis dudas), concretamente a su delegación en Orense (Sr. Blanco), este me contestaba por escrito (textual):
• Como usted bien interpreta, las placas solares están definidas como "instalaciones fijas " del " continente", y a lo que usted se refiere en la pag. 26/27 , apartado 5.2, el límite del 10% en anexos es para "Mobiliario y enseres" ( "contenido"). Las placas , al ser "continente", se incluyen en el 5.1. "Hasta el 100% del capital asegurado para Continente,..."
Los puntos a los que se refiere esta contestación, son los que figuran en las "Condiciones Generales y Condiciones Generales Especificas" de la póliza Generali Hogar Elite.
Es más, esta compañia me confirmó, siempre por escrito, que las placas solares quedan aseguradas incluso si no estan sobre la vivienda principal (que es mi caso) . Se asegura como anexo la construccion donde esten las placas. El concepto de construcciones anexas es muy cómodo, tal como esta formulado en esta poliza.
De todas maneras, como yo no soy un experto en seguros, ni mucho menos, si te queda alguna duda, por favor explícamela, porque igual es algo que se me ha escapado a mi. Yo me leí con atención las más de 100 páginas de esta póliza y después pregunté todas mis dudas directamente a Generali. Me contestaron, lo vi claro y contraté. Pero repito, aun así, puede quedarme algo que no he visto.
Un cordial saludo


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