![]() |
| Solarweb.net | Temas de Hoy | Marcar Foros Como Leídos | Grupos | Quien Está en Línea |
| |||||||
| Borrador Real Decreto Régimen Especial (11/06 a 05/07) Foro para debatir el citado borrador. |
| | LinkBack | Herramientas | Desplegado |
| |||
|
En el mensaje siguiente os copio las alegaciones que voy a presentar, se refieren sólo a la retroactividad. Yo las voy a presentar por duplicado: a la Presidenta de la CNE por ser el órgano consultivo según la Ley del Sector Eléctrico, y al Ministro de Industria y Energía por si procediera más tarde interponer contra él una querella por prevaricación (dictar una resolución a sabiendas de que es injusta), para que no pueda decir que él no sabía que el RD era retroactivo. Hay que quedarse con copia registrada de los escritos para luego poderlos utilizar como prueba si llega el caso. Las alegaciones las puede presentar cualquier interesado (p.e. familiares y amigos que de declaren preocupados por el medio ambiente), no sólo los que tenemos intereses económicos. |
| |||
|
i]Asunto: Propuesta de Real Decreto por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial y de determinadas instalacionesde tecnologías asimilables del régimen ordinario. Alegaciones presentadas por interesado durante el trámite de audiencia.[/i] xxxxxxxxx, con DNIxxxxxxx, y domicilio en xxxxxxxxxx, como interesado en la producción de energía eléctrica en régimen especial y como ciudadano interesado en la conservación del medio ambiente y el fomento de las energías renovables, habiendo tenido conocimiento de que el Ministerio de Industria y Energía ha elaborado la propuesta mencionada, expone: 1) Que el artículo 1.c) de la misma en el que se establece un innecesario régimen transitorio para las instalaciones incluidas en las categorías a), b), c) y d) del RD 436/2004 de 12 de marzo tiene carácter retroactivo ya que implica la extensión del ámbito de aplicación de este nuevo RD propuesto a hechos ocurridos con anterioridad a su promulgación, hechos perfecta y totalmente regulados por el RD 436/2004. 2) Que la Disposición Adicional quinta, en la que se dispone la migración de instalacionesya en marcha, y acogidas por tanto al RD 436/2004, al nuevo régimen propuesto por este nuevo RD tiene también carácter retroactivo por la misma razón expuesta en 1) Además, esta disposición resultaría claramente desfavorable para las instalaciones ya en marcha dado que la retribución con el nuevo decreto será menor en muchos casos. Además, la propuesta de RD no prevé ningún mecanismo de indemnización para los perjudicados por éste, lo cual supone un doble perjuicio. 3) Que la Disposición derogatoria única deroga por completo el RD 436/2004 creando una inseguridad jurídica total para todas las instalaciones promovidas a su amparo, con gran esfuerzo y riego económico de sus propietarios y promotores, que realizaron su inversión confiando en la seguridad jurídica de un estado de derecho como es España, confianza que se ve gravemente defraudada por esta propuesta de nuevo RD. La derogación supone una quiebra del principio de seguridad jurídica consagrado en la Constitución española. Por todo lo anterior solicita: A)La supresión del artículo 1 c) y de la Disposición adicional quinta por tratarse de provisiones con un claro carácter retroactivo, prohibido para las leyes de bases tal y como éste RD pretende ser según consta en la disposición Final Cuarta del mismo. B) La supresión de la Disposición derogatoria ünica ya que tal derogación supondría una quiebra del principio de seguridad jurídica, y además es totalmente innecesaria ya que el RD 437/2004 contempla con todo detalle sus propios plazos y condiciones de caducidad. C)Tenga por interpuestas estas alegaciones en el trámite de consulta a los interesados dentro del procedimiento de creación de Real Decreto. En xxxxxxxxxxxxx a xxxxxxxx de xxxxxxx Firmado xxxxxxxxxxx Sr. Ministro de Industria y Energía. Sra. Presidenta de la Comisión Nacional de la Energía |
| |||
|
Gracias viasol Una pregunta, lo tiene que presentar el que hace las alegaciones o lo puede pesentar cualquier otra persona. lo pregunto porque conseguiré varias personas que tambien están dispuestos a presentar las alegaciones pero les costara mas presentarlas. Saludos |
| |||
| Cita:
Las alegaciones son gratis y se pueden presentar en cualquier registro público en el que te pongan sello de entrada en tu copia. Es mejor tener el sello de entrada para luego poder demostrar que estas alegaciones han sido presentadas. Respecto a los registros, por ejemplo en cualquier administración de la AEAT te tienen que admitir las alegaciones y ponerte el sello de entrada con nº de registro. Espero que te sirva. Creo que las direcciones tambien estan en el foro, voy a revisar los comentarios a ver si las encuentro. Saludos |
| |||
|
He encontrado esto: Esto lo publicó besto )Enviarlo por mail a la CNE: dre@cne.es 2)En el mismo mail poner copia a: gabinete@presidencia.gob.es 3)Además adjuntar la respuesta que en su día nos envió el gobierno. Esto lo esribio TRUJIC.N.E. C/Alcalá nº 47 28014-Madrid los particulares podemos presentar alegaciones, y que hay que dirigirlas a la DIRECCION DE ENERGÍA ELECTRICA, de la C.N.E.. Hola: He llamado a la CNE y me dicen que no tienen registro electrónico así que hay que hacerlo en soporte papel, aunque para los que están fuera de Madrid, o no puedan acercarse, me imagino que valdrá el envío por correo certificado. La dirección es: Saludos. |
| |||
|
No las envieis por email porque entonces no queda constancia mediante el sello del registro de que las habeis presentado, y puede ser importante para el futuro que haya constancia del número de alegaciones presentadas, para que sea evidente que hubo mucha gente que se manifestó en contra. El email no es un registro oficail de entrada en el Ministerio de Industria, y parece que en la CNE tampoco. Podeis presentar las que querais, no solo las vuestras (a veces los mensajeros presentan instancias de empresas) en los registros, lo importante es que estén firmadas y que conste el DNI del firmante, porque se registra por DNI. Si firmais en nombre o representación de una empresa teneis que poner lo que sois (apoderado o administrador)
|
| |||
|
Se pueden presentar en cualquier registro público, por ejemplo en las administraciones de la Agencia Tributaria de cualquier localidad. Si el funcionario os dice que son para otro Ministerio, insistid y pedid hablar con el jefe de sección porque las tienen que registrar. También se pueden enviar por correo certificado, pero entonces no tienen por qué devolveros la copia sellada con el nº de registro, así que no tendreis la prueba de que las habeis presentado. |
| |||
|
Viasol, cuando escribí a Ignasi Nieto allá por octubre, me dijeron que se podía sellar en la misma ventanilla de Correos -como en registro- unas fotocopias del original que luego se cierra en el sobre. Una copia sellada va en el sobre y la otra sellada te la quedas. Luego se certifica. |
| Bookmarks |
| Herramientas | |
| Desplegado | |
|
|
Temas Similares | ||||
| Tema | Autor | Foro | Respuestas | Último Mensaje |
| DUDAS NUEVO BORRADOR!! | rubro | Borrador Real Decreto Régimen Especial (11/06 a 05/07) | 16 | 23-05-2007 10:54:17 |
| Nuevo borrador RD en pdf ¿donde? | MONISOL | Borrador Real Decreto Régimen Especial (11/06 a 05/07) | 6 | 23-05-2007 09:24:52 |
| NUEVO BORRADOR RD | solarenergia | Borrador Real Decreto Régimen Especial (11/06 a 05/07) | 12 | 14-04-2007 16:53:34 |
| Por fin el nuevo borrador del R.D | luis | Borrador Real Decreto Régimen Especial (11/06 a 05/07) | 0 | 29-03-2007 17:27:33 |
| Nuevo Borrador: ¿retroactivo? | Jumanji | Borrador Real Decreto Régimen Especial (11/06 a 05/07) | 36 | 29-12-2006 01:44:18 |
La energía | Energía
solar térmica | Solar
fotovoltaica | Energía eólica | Enlaces solares
| Directorio de
empresas de energía solar
Oferta formativa en energía solar | Ofertas de empleo energía solar | Eventos energía solar
Nota legal | Quienes somos |
Contactar | Enlázanos | Publicidad