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| Borrador Real Decreto Régimen Especial (11/06 a 05/07) Foro para debatir el citado borrador. |
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Hola foreros No consigo entender muy bien (perdonad mi incapacidad) en que fase del proceso hay que depositar el aval por el 2% de la instalación. Sí que entiendo que el aval es necesario para la inscripción en el nuevo Registro de Potencia y también que este inscripción es necesaria para percibir las primas. Además, el aval quedará cancelado en el momento de obtener la autorización administrativa (¿en su fase inicial como tal, o en su tramo final como "alta de la instalación"?. Esto no lo tengo muy claro) Después de estas reflexiones en voz alta (un poco confusas) entiendo que hay que presentar el aval lo antes posible, una vez se tenga claro que se va a desarrollar el proyecto (con punto de conexión concedido, "of course") con el fin de anticiparse a los 11.900 MW aprox. con punto de enganche concedido y no desarrollados, ya que al llegar a 400 MW se va a cerrar el grifo. Os agradecería comentarios a estas (desordenadas) reflexiones Saludos cordiales |
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A mi también me preocupa este tema sobretodo porque dice que si ya se ha llegado a las metas el aval queda retenido como reserva... hasta cuando??? Parecería que en vez de simplificar las cosas las complican.
__________________ OLIVERIO |
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Pues no puedo ayudar, porque tengo la misma duda... Además, si no he entendido mal, tener concedido un punto de conexión no te asegura que vayas a poder "disfrutar" de la prima de producción... porque: ¿que pasa si, teniendo punto de conexión concedido, pagas el aval, desarrollas el proyecto, compras el material, lo instalas... y cuando vas a conectar a red te dicen: "Oye, que ya hemos llegado a los 371MW. Si quieres conectarte, te compro la electricidad al precio de la TMR...." Puede pasar esto o me estoy haciendo un lio tremendo? |
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Hola Conyco Yo creo que eso no es posible si te inscribes al principio del proceso. Precisamente el hecho de inscribirse en el registro de Potencia( y por tanto haber depositado el aval) te garantiza el que la instalación esté entre esos 371 "afortunados" MW que se pueden desarrollar en este primer objetivo de potencia. Sí que es verdad que puede darse el caso de que deposites el aval y que al ir a inscribirse en el registro de potencia, estén agotados los 371 MW y que te quedes en la lista de espera, pero se supone que el registro será público y estará actualizado en tiempo real, por lo que no hay porqué depositar el aval si no se quiere (eso sí, si no te arriesgas, no figuras en la lista de espera) Saludos |
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