Creo haber leído en algún sitio del foro lo siguiente, 'que cuando dicen de poner unos paneles en una pequeña parcela, yo digo que si no es mejor, hacer una nave y poner en ella los paneles'. Se entiende qeu para no limitar su uso.
En todo caso mi planteamiento es el siguiente. Quiero hacer una instalación de 40 Kw. en un terreno rústico. Pero si lo ocupo, limito su uso.

Pregunto ¿Podría hacer aún nave, la idea es solo la estructura y sobre ella poner los paneles? Seria una especie de cobertizo orientado al sur. Con ello el aval solo seria de 20 Euros. O, previamente tengo que hacer la nave. La idea es si no conceden el punto de acceso irme a otro sitio, pero si ya tengo la nave hecha, vamos un lió.

Por otro lado, no se como se podría tramitar en conjunto. No quiero, si no conceden el punto acceso, hacer la nave, pero si lo conceden si que la haría, aunque no cerrase las paredes de inmediato.