... Se entiende por modificación sustancial de una
instalación preexistente las sustituciones de los equipos
principales como las calderas, motores, turbinas hidráulicas,
de vapor, eólicas o de gas, alternadores y transformadores,
cuando se acredite que la inversión de la modificación
parcial o global que se realiza supera el 50 por ciento
de la inversión total de la planta, valorada con criterio de
reposición. La modificación sustancial dará origen a una
nueva fecha de puesta en servicio a los efectos del capítulo
IV ...
La pregunta es .... ¿ y si la sustitución es progresiva? es decir, sustituir los paneles o inversores año tras año sin superar (anualmente) ese 50%.
"Si se está sometido a un engaño demasiado tiempo, se tiende a rechazar cualquier prueba de que es un engaño. Encontrar la verdad deja de interesarnos. El engaño nos ha engullido.
Simplemente, es demasiado doloroso reconocer, incluso ante nosotros mismos, que hemos caído en el engaño. En cuanto se da poder a un charlatán sobre uno mismo, casi nunca se puede recuperar."
Carl Sagan, El mundo y sus demonios.