
Iniciado por
esdras
Que yo sepa, en ninguna normativa vienen definidas las "horas pico equivalentes". Por lógica, si en las horas equivalentes se divide entre la pot nominal, ¿en las horas "pico" se dividiría entre la pot pico???
Pero insisto, no existe en las normas, y por lo tanto no tiene sentido preguntarlo porque no vale para ninguna clasificación de la instalación, cálculo de producción con/sin prima, etc.
Seguro que se han confundido, yo les daría las horas equivalentes que es lo más lógico y razonable.