Hola debemos diseñar una pergola fotovoltaica justo que de sombra a una zona de espera a la entrada de un edificio. El tema es que para evitar el impacto visual de la pergola y que esta no tape la visual al edificio (o lo haga lo menos posible según exigencias del arquitecto) vamos darle la menor inclinacion posible. Así que asumiendo las pérdidas que vamos a tener vamos a darle una ligera inclinación de 2º lo justito para evitar en la medida de lo posible la deposicion de suciedad y que cuando llueva la ligera pendiente pueda limpiar los paneles de esta suciedad además de utilizar paneles transparentes.
Asumiendo estas pérdidas ¿hay alguna normativa que me prohiba el darle esos sólo 2º de inclinación a la pérgola (los paneles estarán orientados al sur e inclinados sólo 2º con respecto a la horizontal)? La instalacion no está sujeta a CTE por lo que en principio entiendo que no serían necesarios los 5º mínimos de inclinación de los que habla la HE5 del CTE.


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