Hace ya mucho que estoy detras de este tema, pero hoy se nos ha vuelto a plantear una duda.
Abró el mismo debate que hemos tenido hoy en la oficina, en el que discutiamos si los consumos de una instalación fotovoltaica tenian que alimentarse del mismo contrato de generación o de un contrato de suministro aparte para los Servicios Auxiliares (SSAA).
En mi modesta opinión y si no estoy equivocado el RD 1663/2000, nos dice que los consumos electricos de la instalacion fotovoltaica se situaran en circuitros independientes de los de la instalación FV y de sus equipos de medida, por lo que los consumos pertenecientes a los SSAA de las casetas de inversores (iluminación, ventilación de la caseta, cuadro de comunicaciones, etc..) se tendrían que alimentar de un contrato de suminitro independiente de los SSAA.
Por otro lado mis compañeros me decían que todo lo que sea para mejorar el rendimiento de la instalación fotovoltaica (ventilación de la caseta donde se encuentren los inversores, motores de los seguidores, etc...) tienen que autoalimentarse del mismo contrato de generación. Yo de este aspecto lo unico que he encontrado y que no dice nada explicitamente es el RD661/2007 en su art.20.1, donde habla de la energía neta.
Mi interpretación de este articulo es que si tienes algo en la instalación fotovoltaica propiamente dicha (inversores, seguidores, etc...) que consuma energía, esta será descontada de la generada. Puesto que el contador es bidireccional, por este aspecto no hay problema.
En resumen, os animo a que digais, si es que existe, la ley, decreto o ITC, que indica explicitamente que los consumos de los SSAA de una instalación fotovoltaica no pueden conectarse con un contrato de suministro de SSAA y que por lo tanto tienen que autoalimentarse del contrato de generación.
Un saludo y gracias por adelantado.


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