Manute, no es así en Valencia y Taqui tiene razón.
Ayer estuve hablando con Iberdrola acerca de un nuevo requisito que piden para adjuntar a la solicitud del punto de conexión, concretamente este:
"Documentación acreditativa de la disposición de suelo para dicho uso. De conformidad con lo establecido en la Ley 10/2004 de 9 de diciembre, de la Generalitat, del Suelo No Urbanizable y la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Urbanística Valenciana, será necesario aportar, previo a la formalización del contrato, las correspondientes licencias municipales"
Pues bien, en resumidas cuentas me dijo que a partir de esta semana, cuando se solicite un punto de conexión se debe acreditar mediante documento público que el terreno es tuyo (o del cliente) ya que de lo contrario no tramitan dicha solicitud.
Me explicó que esto lo hacen porque había mucha gente que solicitaba puntos de conexión de terreno (naves, parcelas, rústico, etc.) y luego negociaba con ellos con los posibles compradores o con los mismos dueños.
En fin... me importa tres narices el motivo, la buena cuestión es que o aportas copia de las escrituras o una nota registral que confime la propiedad del terreno o te quedas a dos velas.
Ahora bien... en Iberdrola Alicante todavía no lo piden :shock: pero todo llegará.
Saludos,
"Si se está sometido a un engaño demasiado tiempo, se tiende a rechazar cualquier prueba de que es un engaño. Encontrar la verdad deja de interesarnos. El engaño nos ha engullido.
Simplemente, es demasiado doloroso reconocer, incluso ante nosotros mismos, que hemos caído en el engaño. En cuanto se da poder a un charlatán sobre uno mismo, casi nunca se puede recuperar."
Carl Sagan, El mundo y sus demonios.