Buenas, tengo una duda que no consigo resolver. Tengo que realizar una conexión desde un inversor de 100KW a 400 V a un transformador de 400V/20KV para evacuar a la red de Iberdrola.
El RD 1663/2000 (conexiones de instalaciones a baja tensión) hace referencia a lo siguiente:
Artículo 9. Condiciones específicas de interconexión.
1. Se podrán interconectar instalaciones fotovoltaicas en baja tensión siempre que la suma de sus potencias nominales no exceda de
100 kVA. La suma de las potencias de las instalaciones en régimen especial conectadas a una línea de baja tensión no podrá superar la mitad de la capacidad de transporte de dicha línea en el punto de conexión, definida como capacidad térmica de diseño de la línea en dicho punto. En el caso de que sea preciso realizar la conexión en un centro de transformación, la suma de las potencias de las instalaciones en régimen especial conectadas a ese centro no podrá superar la mitad de la capacidad de transformación instalada para ese nivel de tensión
Mi duda es la siguiente:
¿ Es de aplicación este real decreto para el dimensionado del cable entre inversor y trafo ? , es decir, ¿ el cable ha de soportar el doble de potencia que da el inversor ?
Sino, ¿ qué ley o normativa de Iberdrola(empresa de suministro de la zona) regula las características técnicas de este tipo de instalaciones ?


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