¿Hace falta licencia de obra para instalar generador solar?
La pregunta puede parecer ingenua pero tiene su sentido.
Cuando se instala un generador solar en suelo rustico es necesaria la licencia municipal de obras. No obstante la competencia municipal se limita a la verificacion de que se cumple la disciplina urbanistica y en lo que atañe a los cambios del suelo.
El proyecto de instalaciones electricas debe ser aprobado por la Consejería competente.
¿Tiene el Ayuntamiento competencias superpuestas a dicha Consejería?, o dicho de otro modo ¿Tiene el Ayuntamiento competencias respecto a las instalaciones electricas que conforman el parque solar?.
Si la respuesta es que no, habria que convenir que la instalacion de un generador fotovoltaico no requiere licencia municipal.
Según una sentencia judicial "la huerta solar está formada por elementos moviles susceptibles de ser montados y desmontados...". Lo mismo que una casa prefabricada. Y tengo entendido que estas no requieren licencia de obra.
El motivo de la pregunta es que he encontrado un texto en el que una empresa promotora de parque solares afirma que montar y desmontar los generadores no requiere licencia urbanistica o de obra y esto podria cambiar sustancialmente el tramite de aprobación de las instalaciones porque, en ese caso, el unico proyecto que podria requerir el Ayuntamiento es el de obra civil.
¿Que opinais vosotros?
Tal como alimentan sus cuerpos con riqueza robada, así alimentan sus mentes con conceptos robados, y proclaman que la honestidad consiste en negarse a saber que están robando (Ayn Rand).