La energía solar no es una energía alternativa: es la energía.
Hermann Scheer

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Tema: derecho conexion a futuro

  1. #1
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    mar 2008
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    Catlaunya
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    Predeterminado derecho conexion a futuro

    Hola a todos,
    He buscado este tema en el foro y como no lo he encontrado, pues lo inicio.
    Me pregunto como quedará el derecho de conexión dentro de 25 años para cada uno, es decir, se prolongará definitivamente como derecho de producción (como si fuera un salto de agua) o fenecerá y a otra cosa mariposa. Lo digo por la plusvalía que supondría poseer una concesión y en la posible reinversión, transmisión, etc.
    1 saludo

  2. #2
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    ene 2008
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    Predeterminado

    Bueno, ne teoría, en la carta de condiciones de la scompañías eléctricas, se determinan una potencia, un uso y un punto pero no una caducidad.
    Eso si, esto se cumplirá mientras sigas vertiendo a red en relación a la potencia de conexión. Si das de baja la instalación, entiendo que deberías pedir inmediatamente un cambio de titularidad o algo semajante (aunque no me gusta como juega la gente con los derechos de enganche y de potencia)
    "Ahorcaremos al último burgués con la soga que nos venda - Lenin"
    Fotovoltaica VS Nuclear: Energía renovable; eso es bueno. Energía más cara; eso es malo. Sin radiactividad; eso es bueno. Sujeta a subvenciones variables; eso es malo. Más barato desmantelar; eso es bueno... Yogulado...

  3. #3
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    mar 2008
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    Predeterminado Derecho conexión

    Hola Santa,
    Eso mismo es lo que veo en la temporalidad, no da lugar a caducidad si no hay una baja de la instalación, pero comentándolo con gente de derecho me han dicho que esto corresponde a derecho de administrativo y que evidentemente tiene límite temporal (donde se menciona?).
    Estoy contigo en el tema de venta de derechos, pero mi preocupación va por otro lado, ya que si puedo traspasar a mis hijos un derecho con el que se puedan mantener, con más ilusión lo voy a conservar (me parece que de aquí a 35 años ya me habrán pasado un par de telediarios).
    1 saludo.

  4. #4
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    Predeterminado

    Si te he comprendido, lo que t quiero decir es que eso será así siempre que la instalacion genere y, ambos estaremos de acuerdo, en que antes de 40 años habrá tenido qu eser daba de baja y que será muy dificil parchearla para poder seguir conectado.
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  5. #5
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    ago 2007
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    Wink

    A que te refieres con parchearla?
    Supongo que lo q esta pensando charlie, al igual que yo, es en cambiar las placas dentro de 30 años (que con suerte estan mas baratas y rinden mas) y seguir produciendo hasta el fin de los tiempos no? Eso seria todo un chollo!!
    Si lo habeis encotrado...podeis postear la ley administrativa que regula la caducidad de este tipo de actividades?
    Un saludo a todos

  6. #6
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    Predeterminado

    Me refiero a que sencillamente habra que DAR DE BAJA LA INSTALACIÓN GENERADORA, siempre claro que no la modifiques sin legalizarla (que aparte de estar mal, canta bastante). En el momento que vayas con el alta de la nueva sociedad a Iberdrola o quien sea, te dirán ¿y esto?

    Al menos así lo entiendo yo... Aunque hoy en día se venden los derechos de enganche como si fueran sugus...
    Última edición por santaklaus03; 28/04/2008 a las 16:50
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  7. #7
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    mar 2008
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    Predeterminado

    Hola a todos,
    estoy de acuerdo contigo iguana, la idea sería repotenciar la instalación, ya que si no hay grandes cambios (hablo en fija) y preveyendo las innovaciones tecnológicas, aprovechar infraestructura para innovarla y darle nuevo brio con unas condiciones económicas rentables.
    Seía bueno saber si alguien se ha planteado a fondo el derecho administrativo correspondiente al final del R.D. o el símil en instalaciones de más años de experiencia (extranjero) o de otra índole (eólicas).
    1 saludo

  8. #8
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    ago 2007
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    Post

    Cita Iniciado por santaklaus03 Ver mensaje
    Me refiero a que sencillamente habra que DAR DE BAJA LA INSTALACIÓN GENERADORA, siempre claro que no la modifiques sin legalizarla (que aparte de estar mal, canta bastante). En el momento que vayas con el alta de la nueva sociedad a Iberdrola o quien sea, te dirán ¿y esto?

    Al menos así lo entiendo yo... Aunque hoy en día se venden los derechos de enganche como si fueran sugus...
    Perdonad mi desconocimiento pero...¿Donde dice que hay que dar de baja la instalacion generadora?
    Ademas, no se quien se va a encargar de vigilar si yo modifico 1, 2 módulos, o la mitad de la instalacion.
    La idea es seguir con la misma sociedad sustituyendo prograsivamente los componentes deteriorados o que den bajo rendimiento.¿Que inconveniente legal hay en eso?
    Saludos!!

  9. #9
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por eliguana2000 Ver mensaje
    La idea es seguir con la misma sociedad sustituyendo prograsivamente los componentes deteriorados o que den bajo rendimiento.¿Que inconveniente legal hay en eso?
    No, si legalmente por supuesto que estás en tu pleno derecho, pero no creo que a los 30 años puedas disponer de 40 módulos de hace tres décadas para cambiarlos por otros iguales ya deteriorados...
    "Ahorcaremos al último burgués con la soga que nos venda - Lenin"
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  10. #10
    Fecha de ingreso
    ago 2007
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    Wink

    Tienes razon, pero supongo que nadie habra pensado en sustituir sus modulos deteriorados o de bajo rendimiento por otros igual de deteriorados. Lo suyo es sustituirlos por unos nuevos de alto rendimiento y (previsiblemente) mas baratos, seguir vertiendo a red exactamente la misma energia que cuando se puso en funcionamiento la instalacion, eso si, con unas primas mas bajas (pero que aun son rentables).
    No creo que ningun ayuntamiento retire la licencia de una actividad, que por otra parte es inocua, a nadie que mejore o modernice sus instalaciones.
    Por poner un ejemplo tonto: No se le retira la licencia a un bar por que éste cambie o modifique la cafetera.

    PD: Hablo desde la suposicion, si hay alguien que controle mas este tema, por favor, que intervega.

    Un saludo a todos.

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