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Osea que entiendo que no se puede que el banco te envie sus cuotas mensuales a nombre de una persona fisica y despues poner como gastos en el IRPF los intereses,
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Yo creo que si se puede poner en la declaracion de IRPF los intereses del prestamo de la instalacion, en la seccion de Rendimientos de las Actividades Empresariales. Mas abajo explico que estos intereses son una parte de las cuotas del prestamo.
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asi como computar las amortizaciones del credito personal, como de la comunidad de bienes.
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La Amortizacion Legal de la instalacion (normalmente en 10 años y hasta 25 en el regimen general, segun se comento en otro hilo en este foro; estos plazos tambien se pueden acortar, por ser PYMES) si que se puede descontar en la contabilidad que debe llevar la Comunidad de Bienes (y declarar trimestralmente).
En la cuota periodica que se paga al banco por el credito, una parte seran los intereses de la deuda y otra el dinero que se utiliza para rebajar el principal de la deuda; mi razonamiento pasa por conocer esta descomposicion y considerar como periodo de Amortizacion Legal, los años que se tardara en pagar el prestamo. La parte de la instalacion que no ha sido financiada tambien tiene su parte de Amortizacion Legal, por lo que el total de la Amortizacion Legal queda en el importe de la instalacion dividido por el numero de años de amortizacion (que hemos tomado los de la duracion del prestamo).
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Con lo cual pagariamos credito y por otro lado tendrimos ingresos y beneficios en la Comunidad de Bienes que despues tendriamos gravar en renta.
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Si. Espero que ahora este mas claro, aunque no estaria mal que lo consultaras en Hacienda, puesto que en Navarra tenemos algunas cosas diferentes.
Saludos.