El tema es el siguiente. El Banco nos da el credito de forma personal, ya que es Hipotecario.
Pero la instalacion lo hacemos a nombre de una comunidad de bienes.
Podemos imputar a la comunidad de bienes como gastos los intereses?
o lo aportariamos a la comunidad de bienes ( el total del credito), y no podriamos imputariamos los intereses como gastos, ya que los titulares del credito serian personas fisicas?


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