
Iniciado por
Alexis21
Hola mi pregunta es relacionada con una instalación de 5040 Wp, con potencia nominal de instalación 4,2 Kw.
Según tengo entendido, por la ley no se necesita proyecto de instalación al no pasar de 10 KW.
Haz un escrito (que por palabra todo queda bonito pero poco vale) diciendo que viene así indicado en un Real Decreto (aunque no específico de fotovoltaica), correspondiente al 842/2002 de 2 de agosto (Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión), en la ITC-BT-04, apartado 3 sobre "Instalaciones que precisan Proyecto" y le pones la tabla e indicas que una central fotovoltaica es de tipo c, es decir, correspondiente a generadores y convertidores y que HASTA 10kW nominales, no necesitas proyecto de instalaciones y que, según el apartado 4 de la misma ITC-BT-04, lo que necesitas es una MEMORIA TÉCNICA DE DISEÑO.
Espero que así al Excmo. Ayto. le quede clara la tramitación.
"Ahorcaremos al último burgués con la soga que nos venda - Lenin"
Fotovoltaica VS Nuclear: Energía renovable; eso es bueno. Energía más cara; eso es malo. Sin radiactividad; eso es bueno. Sujeta a subvenciones variables; eso es malo. Más barato desmantelar; eso es bueno... Yogulado...