Mi primera opinión: la opinión anterior es (digamoslo suavemente
) inexacta.
Mi segunda opinión:
La parcela mínima de terreno rústico para una instalación Fotovoltaica conectada a Red en la Comunidad Valenciana es de 10.000 m2. Esto lo dice la ley del suelo no urbanizable y es LEY así que no se puede hacer nada al respecto.
Si la casa no la tienes legalizada y no tienes 10.000 m2 no puedes hacer nada de nada, conectado a Red. Si la tienes legalizada entonces la superficie que ocupa la casa y el almacén ya no es rústico, sino urbano con lo que no aplica la LEY anterior y podría hacer la instalación.
Si no pides licencia de obras, vuelves a la ilegalidad y cualquier vecino o inspector te lo podría tumbar con el consiguiente perjuicio económico. Por otro lado, aunque pudieses salvar la Licencia de Obra, si que tendrías que pedir el Certificado de Compatibilidad Urbanística ... que es necesario para la Licencia de Actividad ... que es necesaria para el contrato con la Compañía Eléctrica, con lo que vuelves a estar en el mismo punto con el Ayuntamiento.
En fin, esto es lo que hay.
Saludos,
"Si se está sometido a un engaño demasiado tiempo, se tiende a rechazar cualquier prueba de que es un engaño. Encontrar la verdad deja de interesarnos. El engaño nos ha engullido.
Simplemente, es demasiado doloroso reconocer, incluso ante nosotros mismos, que hemos caído en el engaño. En cuanto se da poder a un charlatán sobre uno mismo, casi nunca se puede recuperar."
Carl Sagan, El mundo y sus demonios.