La energía solar no es una energía alternativa: es la energía.
Hermann Scheer

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Tema: Ibi

  1. #1
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    oct 2007
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    Predeterminado Ibi

    Qué os parece?: otro impuesto mas? (de Gaceta de los Negocios)

    http://www.negocios.com/negocios/15-...img,28,28,9395.

  2. #2
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    may 2007
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    3

    Predeterminado este incremento quién debera pagarlo?

    Hola!

    En una campo solar que esta en terrenos rusticos de alquiler, quién debera pagarlo, el dueño de los terrenos (arrendedor) o bién a los explotadores del campo (arrendatarios)?
    O bien dependerà del tipo de contrato que se haya hecho? Y si en el contrato no se especifica? Podría darse el caso que un propietario que se tenga que hacer cargo de este impuesto salga sin ganancias ya que de alquiler cobra menos?

    Si puede suponer un coste anual de 6.500 euros por MW en eólica, cuánto para la fotovoltaica?

    Espero que me respondáis o comentáis algunas de estas questiones.
    Gracias

  3. #3
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    oct 2007
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    Predeterminado

    Yo me pregunto: ¿el IBI no es un Impuesto sobre Bienes Inmuebles? ¿Los equipos de fotovoltaica, son bienes muebles o inmuebles? Porque si son bienes inmuebles, entonces el impuesto se debe aplicar sobre el valor de lo que ocupa el terreno + esos bienes. Sin embargo, si es equipamiento industrial (o sea, bienes muebles), lo que habría que pagar es el IBI de ese terreno con la calificación de suelo industrial (ya que el uso del suelo debería haber cambiado a industrial), independientemente del valor de los bienes muebles que se ubiquen en él (lo que aporta valor al terreno es su uso, no los equipamientos que contiene)

    ¿Alguien más puesto en política fiscal podría aclarar esta ida de olla mía?

  4. #4
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    jul 2006
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    Angry

    Pues añadele a tu olla por que me han cobrado en el ayuntamiento de impuesto por la LICENCIA DE OBRAS, un 3,2% del total de la inversión, y han tenido evidentemente en cuenta el valor de las placas?????......(aunque no venga aqui al hilo, hay alguien que lo haya reclamado, después de haberlo pagado??, por que a mi me han amenazado con complicarme la vida, y como todavía no he terminado....pues a ajo y agua¡¡¡)

  5. #5
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  6. #6
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    4

  7. #7
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    oct 2007
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    Predeterminado

    solesitos, es que no son lo mismo

    Una licencia de obras se paga en función del presupuesto de la obra a realizar. Por lo tanto, si el ayuntamiento estipula que va a cobrar el 3 % de una obra, lo hace en función del presupuesto de la misma, ya sea ejecutar una instalación fotovoltaica o cambiar el suelo de una casa.

    El IBI es un impuesto sobre el valor catastral, es decir, sobre los terrenos. Lo que ocurre es que las instalaciones renovables, hasta la fecha, estaban exentas de pagar este impuesto (por lo que se deduce de la noticia de expansión), y ahora van a tener que abonarlo. Pero insisto, es SOBRE EL VALOR CATASTRAL, que entiendo que es el valor del suelo en función del uso urbanístico (o no urbanístico) que tiene, no de los equipos que hay encima.

    Vuelvo a repetir lo mismo: para mí la cuestión es saber si los equipos de una instalación fotovoltaica son bienes muebles o inmuebles. Si no son inmuebles, se pagará el IBI correspondiente a un terreno industrial (si es ésa la calificación urbanística que tiene)

  8. #8
    Fecha de ingreso
    jul 2006
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    Predeterminado

    Yo no lo tengo tan claro....cuando voy a realizar una reforma en mi casa o local, el ayuntamiento no me pide que le diga si el suelo que voy a cambiar va a ser de cemento o de marmol de Carrara o de Porcelanosa....no?

  9. #9
    Fecha de ingreso
    jul 2006
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    Predeterminado

    Por lo que tengo entendido, ahora se considera que son bienes inmuebles de características
    especiales y me temo que no se incluye solo el valor catastral del terreno, sino todo el coste de la inversión. Veremos, espero no tener razón.

  10. #10
    Fecha de ingreso
    oct 2007
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    247

    Predeterminado

    No creo que sea así; de hecho no tendría mucho sentido, ya que, por ejemplo, si una parcela rústica tiene acceso a una línea eléctrica, puede poseer mayor valor COMERCIAL, pero no catastral; su uso no ha cambiado, sin embargo, sí han cambiado sus perspectivas de futuro.

    Además, una planta fotovoltaica es fácilmente desmontable en su práctica totalidad y en un breve periodo de tiempo, lo cual debería incapacitarla para ser bien inmueble. Como ejemplo, hay muchos bancos que se niegan a financiar vía hipoteca las casas prefabricadas de madera, alegando que pueden ser desmontadas y trasladadas, motivo por el cual no son bienes inmuebles y, por lo tanto, hipotecables.

    Seguimos esperando a ver si alguien se ha peleado ya con algún ayuntamiento para saber algo del tema (hasta ahora, son simplemente divagaciones y reflexiones)

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