Muchas gracias a todos por vuestras aportaciones. A ver si puedo solucionarlo de alguna forma
saludos
Muchas gracias a todos por vuestras aportaciones. A ver si puedo solucionarlo de alguna forma
saludos
La norma que se ha citado por ahí es antediluviana, lo normal es que cada CA haya dictado sus propias normas. Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana el art.196 de la Ley 16/2005 indica que el silencio administrativo es positivo (y no hay que perder de vista el art.195, tampoco).
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