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| Aspectos económicos, legales y administrativos Foro para la discusión de legislación, estudios de rentabilidad, financiación, pólizas de seguros, trámites ante administración o compañias eléctricas, etc. Siempre relativo a instalaciones fotovoltaicas conectadas a red. |
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Hola a todos, intervengo por primera vez en este foro. He creado una comunidad de bienes, para instalar 50 Kw en Salamanca. Por parte de Iberdrola tengo concedido el punto de conexión y simultaneamente (a través de la empresa instaladora) he solicitado la inscripción previa REPE, la autorización administrativa previa y las licencias en el ayuntamiento. Ayer me han llamado por telefóno de la Junta de Castilla y Leon para decirme que no admiten CB por no tener entidad jurídica. Mi pregunta es: ¿ Conoceis casos de explotaciones fotovoltaicas como CB´s ó algo referente a la no admisión de las CB¨s en este tipo de negocio?. Muchas gracias |
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Legalmente la CB no existe, por tanto no tiene personalidad jurídica. Las CB son unos "entes" creados por Hacienda, por la administración tributaria, pero a los ojos del resto de administraciones o entes jurídicos, no son válidos por no tener personalidad jurídica propia.
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Muchas gracias Agus y Pablomiguel. No obstante al formalizar la CB en la Junta de Salamanca, podian haberlo advertido ya que se indicaba que la finalidad era la explotacion de energia fotovoltaica. Gracias |
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