Hola a todos, llevo leyendoos un tiempo, pero es la primera vez que participo fundamentalmente por mi escasez de tiempo.
Se me ha planteado una cuestión que me gustaría que alguien que tenga experiencia en la provincia de Alicante me aclare...
Tengo entendido que las Declaraciones de Interés Comunitario (DIC) son requeridas para instalaciones FV ubicadas en suelo no urbanizable, pero no he encontrado ninguna normativa en la que las mencione en instalaciones sobre cubiertas industriales en suelo industrial. No tiene demasiada lógica el tener que hacer una DIC para una FV en la cubierta de un edificio...
¿Sabeis si es imprescindible el hacer una DIC para instalaciones FV instaladas sobre cubierta de edificios? ¿En caso de serlo, habría que hacerla también para las instalaciones de obligada instalación por el CTE?
Gracias por vuestro tiempo.
Un saludo.


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