Hola:
Estaba haciendo las facturas de la producción de mayo, y de repente me ha entrado la duda. Si el RD 436 ya está derogado y el que está en vigor es el RD 661 desde el 1 de junio, ¿qué pasa con las facturas que tenemos que girar a la ED? Si mirais la factura actual, pone que la tarifa es según el RD derogado y la tarifa ya no se puede vincular a la TMR. ¿Deberíamos corregir eso en las facturas para que la ED no nos las devuelva por incorrectas?. Mi opinión es que si, pero no estoy seguro.
¿Qué os parece?
Saludos.


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