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Aspectos económicos, legales y administrativos Foro para la discusión de legislación, estudios de rentabilidad, financiación, pólizas de seguros, trámites ante administración o compañias eléctricas, etc. Siempre relativo a instalaciones fotovoltaicas conectadas a red.

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adrian2004 acaba de empezar como quién dice
Predeterminado El gobierno aprueba el decreto de renovables

Economía.- (Ampliación) El Gobierno aprueba el decreto de renovables, que garantiza rentabilidad de entre el 5 y el 9%.

25 de mayo de 2007, 15:20


La nueva normativa no tendrá carácter retroactivo y amplia rentabilidad al 11% a tecnologías que necesitan un impulso

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

El Gobierno aprobó finalmente hoy el controvertido decreto sobre las energías renovables, que garantiza una rentabilidad de entre el 5% y el 9% y que no tendrá carácter retroactivo para el sector.

En concreto, la nueva normativa garantiza una rentabilidad del 7% a las instalaciones eólicas e hidráulicas que opten por ceder su producción a las distribuidoras, y entre el 5% y el 9% si participan en el mercado de producción de energía eléctrica.

Además, las instalaciones fotovoltaicas de mayor potencia prácticamente duplican su retribución, manteniéndose para las de mayor tamaño, y con la garantía de obtención de una rentabilidad del 7%.

En el caso de las tecnologías que se considera que necesitan un impulso por su limitado desarrollo, como la biomasa, el biogás o la solar termoeléctrica, la rentabilidad se eleva al 8% en la opción de cesión a las distribuidoras y entre un 7% y un 11% participando en el mercado.

"El objetivo de este Real Decreto es mejorar la retribución de aquellas tecnologías menos maduras, como la biomasa y la solar térmica, para de este modo poder alcanzar los objetivos del Plan de Energías Renovables 2005-2010, así como los objetivos contraídos por España a nivel comunitario", indicó Industria en un comunicado, añadiendo que con el desarrollo de estas tecnologías, "la energía renovable en España cubrirá el 12% del consumo de energía en el año 2010".

INCREMENTO DE LA RETRIBUCIÓN.

En lo que respecta a la retribución para las energías renovables, el incremento de la biomasa varía entre un 50% y un 100%, el biogás entre un 16% y un 40% y para la solar termoeléctrica será de un 17%.

Además, en la opción de venta a la distribuidora, se incrementa la retribución de la energía eólica, de la biomasa, de la solar termoeléctrica y de las instalaciones fotovoltaicas de potencia superior a 100 kilovatios (kW), y se mantiene la retribución de las plantas solares fotovoltaicas de potencia inferior a la citada.

Así, los incrementos de la tarifa regulada respecto de la contemplada en el Real Decreto 436/2004 son, para las instalaciones eólicas del 12%; para las hidráulicas de entre el 7 y el 13%; para las termoeléctricas del 17%; para las fotovoltaicas mayores de 100 kW del 82%: para las biomasas de entre el 56 y el 113% (salvo las de residuos industriales forestales que se incrementa un 6%) y para el biogás, entre un 16 y un 40%.

TASA DE ACTUALIZACIÓN.

Las revisiones de las tarifas se realizarán cada cuatro años teniendo en cuenta el cumplimiento de los objetivos fijados. Esto permitirá el ajuste de las tarifas en función de los nuevos costes y del grado de cumplimiento de los objetivos

Así, las tarifas, primas y límites superior e inferior, así como otros complementos, serán actualizados con el IPC menos 0,25 hasta 2012 o menos 0,50 a partir de entonces.

Las revisiones que se realicen en el futuro de las tarifas no afectarán a las instalaciones ya puestas en marcha, garantía que "aporta seguridad jurídica para el productor, proporcionando estabilidad al sector y fomentando su desarrollo", indica Industria.

Además, uno de los temas de mayor debate entre el sector e Industria, la retroactividad, no ha sido recogida por el Real Decreto.

Así, las instalaciones que se pongan en funcionamiento hasta el 1 de enero de 2008 podrán mantenerse acogidas a la regulación anterior en la opción de tarifa fija durante toda su vida útil. Cuando participen en el mercado, podrán mantener su regulación anterior hasta el 31 de diciembre de 2012.

COGENERACIÓN.

El texto aprobado hoy también persigue impulsar definitivamente la cogeneración como herramienta de ahorro y eficiencia energética para el país, y así poder cumplir con los objetivos de ahorro energético y de reducción de emisiones fijados en el protocolo de Kyoto.

Así, la nueva regulación establece una retribución que será actualizada trimestralmente con la evolución del precio de los combustibles, con el fin de que refleje el coste real de estas instalaciones.

Los incrementos de la tarifa regulada respecto de la contemplada en el Real Decreto 436/2004 son, para las cogeneraciones de gas natural o biogás, de entre el 26% y el 81%, y para las que utilicen combustibles fósiles de entre el 43 y el 135%.

Con la consecución de los objetivos previstos para la cogeneración para el año 2010 se evitará la emisión de 6,3 millones de toneladas de CO2 al año.

NOVEDADES.

El Real Decreto incluye, eso sí, algunas novedades con respecto al anterior como la institución de un aval que deberán cubrir las instalaciones de régimen especial al solicitar la conexión a la red de distribución y modifica la cuantía del existente para el acceso a la red de transporte. Este aval se fija, en ambos casos, en 500 euros/kW instalado para las instalaciones fotovoltaicas o 20 euros/kW para el resto de instalaciones, y será devuelto una vez entre en funcionamiento la instalación.

Además, para permitir la máxima integración de energía eólica en el sistema eléctrico, se exige que los nuevos parques eólicos sean capaces de mantenerse conectados a la red, ante una caída de tensión en la misma, contribuyendo a la resolución del problema y a la seguridad y estabilidad del sistema. Los parques existentes que sean capaces de adaptarse a esta nueva exigencia tendrán derecho a percibir un complemento durante 5 años.

Finalmente, se permite la hibridación, es decir que las instalaciones de tecnología solar termoeléctrica utilicen biomasa como combustible en aquellos periodos que no existe radiación solar, e igualmente, las instalaciones que utilicen como combustible cultivos energéticos, puedan utilizar, por ejemplo, residuos forestales para compensar periodos de escaso suministro.

El Gobierno iniciará durante el año 2008 la elaboración de un nuevo Plan de Energías Renovables para su aplicación en el período 2011-2020. Los nuevos objetivos que se establezcan se considerarán en la revisión del régimen retributivo prevista para finales de
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solarweb va por buen camino
Predeterminado Cierro el hilo

Cierro el hilo debido a que se ha abierto un nuevo foro para tratar el tema:

Nuevo Real Decreto Régimen Especial

Saludos,
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A. Flores
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