1. El RD436 "pagaba" la electricidad producida por Solar Fotovoltaica a el 575% de la TMR, y decia que las condiciones allí expresadas no se podían variar con retroactividad para lo ya instalado.
2. El año pasado sacaron el RD-L 7/2006, que dice que se pasa a pagar toda la electricidad producida por la Solar Fotovoltaica a 44,0381 c€/kWh, independientemente de CUANDO se conectó. Con lo que ya se han cargado lo de la retroactividad. Además, no dice nada de cómo actualizar esta retribución año a año, por lo que a día de hoy, todos los kWh fotovoltaicos se deben de estar pagando a este precio, ES CORRECTO?
3. El nuevo RD (que no se sabe cuando lo aprobarán y cuando entrará en vigor), la única novedad que debe introducir a nivel retribución, es volver a poner una tarifa para el kWh (que rondará los 44c€) y establecer la manera en que se actualizará año a año.
Que este nuevo RD actúe con Retroactividad o no, en que nos a afecta a los "fotovoltaicos"? si la retroactividad ya se la habían cargado con el 7/2006...
Si hoy conecto a red una instalación fotovoltaica, me pagarán el kWh a 44,03c€, verdad?
Muchas gracias por vuestra explicaciones.


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