No seas tan malo, que Hacienda somos todos. No pagas exponencialmente, pagas el 20% del beneficio del periodo.
En el 1T el 20% del beneficio, en el 2T el 20% del beneficio1+2 y le restas lo que pagaste en el primero etc etc. En el último calculas el beneficio de todo el año aplicas el 20% y le restas lo que pagaste en los trimestres anteriores. De esta forma habrás pagado a cuanta de la renta que presentarás en Junio el 20% del beneficio total del año.
Respecto lo que indica Hacienda, puede ser que los gastos de puesta en marcha del inmovilizado los considere mayor valor del mismo, para luego amortizarlos junto a la instalación. Es decir el valor de adquisición de la instalación es tanto los paneles y equipos electricos, como los permisos, notarías, proyecto, etc. Luego este valor lo comienzas a amortizar cuando obtengas ingresos.


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