Vamos a ver:
el RDL 14/2010 establece un tope máximo durante 3 años para todas las plantas: por tanto que mas les da lo que tengas instalado en pico.
El mismo RDL establece un tope máximo de retribución para cada instalación por tecnología de seguidor y zona solar, sobre la potencia nominal, entonces si solo nos van pagar la potencia nominal que mas les da lo que tengamos de pico o lo que hayamos repotenciado???? si ya sabemos lo que vamos a cobrar independientemente del sol que haya.
Esto da una idea de con quien nos jugamos los cuartos.
Por cierto en mi repe solo consta la potencia nominal, me consta en el proyecto adjunto del certificado de baja tension presentado en industria y en el contrato con la compañia electrica, y en el fin de obra.
salutaciones desde raticulin


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