Por un lado me han dicho que se puede tener mas de 100 kW manteniendo la prima del 575% para un mismo titular siempre y cuando se trate de instalaciones totalmente independientes entre si (puntos de conexion distintos) y cada una sea igual o inferior a 100 kW.
Cierto.
Por otro lado me han dicho que siempre que la suma de todas las instalaciones de un mismo titular superen los 100 kW
(en un mismo punto de conexión)
, el exceso se paga al 300%. En este caso al inversor le interesa crear tantas sociedades como instalaciones de 100 kW haya y cada sociedad sería propietaria de una instalacion.
Cierto también.
[/b]
"Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas, de pronto, cambiaron todas las preguntas" (M. Benedetti)