Si hay juristas en el foro, me gustaría saber si un RDL convalidado por el Congreso de los Diputados fuera de plazo se considera nulo o derogado, o simplemente no aprobado.
Lo digo porque:
Artículo 86 de la Constitución Española:
2.- Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.
El RDL 14/2010 fue aprobado el 23 de Diciembre, y publicado el 24 de Diciembre.
Su aprobación está prevista para el 26 de Enero en la Sesión Extraordinaria nº 206 del PLENO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, según mis cuentas eso son 33 días después.
Adjunto un par de links para poder verificar esto...
Constitución Española:
http://www.congreso.es/consti/consti...?ini=86&tipo=2
Orden del Día del Pleno Extraordinario, Sesión nº 206:
http://www.congreso.es/backoffice_do...leno/pleno.pdf