Saludos.
Estoy en conversaciones para adquirir una pequeña instalación solar fotovoltaica de 30 kw en cubierta, que pertenece a una Sociedad Limitada. Así fue inscrita en el Prefo y publicada en la Q2 de 2010.
La duda es: si yo compro la instalación -a título personal ya que soy un asalariado-, ¿puedo deshacer la Sociedad Limitada sin perder los derechos adquiridos en la Q2? Es decir, podría comprar el 100% de las acciones y posteriormente disolver la SL sin que el ministerio reconsidere su decisión de retribuir a 0,3030 el kw producido?
Un asesor fiscal me ha advertido de la dificultad que conlleva la administración y gestión de una Sociedad Limitada, y la necesidad de contar con al menos un autónomo en la "empresa".
La duda podría ser la clave para la adquisición o no.
Gracias a todos por la labor que realizáis.
Fernando


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