La energía solar no es una energía alternativa: es la energía.
Hermann Scheer

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Tema: Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

  1. #1
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    Predeterminado Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

    Buenos días,

    Sigo la web con interés desde hace tiempo, me he decidido a darme de alta con el objetivo de colaborar en la medida de mis posibilidades en el campo de ASESORÍA FISCAL, TRIBUTARÍA Y CONTABLE.

    Soy Asesor Fiscal con despacho profesional desde hace unos 15 años y entre mis clientes tengo empresas dedicadas a la producción de energía fotovoltaica.

    Observo que existen miembros del foro algo perdidos en estos asuntos de gran trascendencia y estaré encantado de ayudar.

    Un saludo a todos.

  2. #2
    Fecha de ingreso
    oct 2010
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    Predeterminado Respuesta: Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

    Quiero dejar bien claro que mi único propósito es ayudar.

  3. #3
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    Fraguel Rock
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    Predeterminado Respuesta: Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

    Hola Avenocturna,

    te tomo la palabra con agradecimiento de antemano, mi pregunta, sabes como queda la deduccion medioambiental en el nuevo Real Decreto.

    Un saludo

  4. #4
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    Predeterminado Respuesta: Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

    Ya te he respondido en el otro hilo.

    Un consejo: intenta no duplicar las consultas.

    Saludos,
    "Si se está sometido a un engaño demasiado tiempo, se tiende a rechazar cualquier prueba de que es un engaño. Encontrar la verdad deja de interesarnos. El engaño nos ha engullido.
    Simplemente, es demasiado doloroso reconocer, incluso ante nosotros mismos, que hemos caído en el engaño. En cuanto se da poder a un charlatán sobre uno mismo, casi nunca se puede recuperar."

    Carl Sagan, El mundo y sus demonios.

  5. #5
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    oct 2010
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    Predeterminado Respuesta: Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

    Cita Iniciado por Toño Ver mensaje
    Hola Avenocturna,

    te tomo la palabra con agradecimiento de antemano, mi pregunta, sabes como queda la deduccion medioambiental en el nuevo Real Decreto.

    Un saludo
    Hola, buenas tardes, voy a procurar ser breve, aunque podría extenderme algo más, prefiero ser práctico y resumir.

    Las inversiones deducibles.

    Los elementos en que se materialice la inversión han de cumplir estos requisitos:
    1. Ha de tratarse de activos materiales nuevos.
    2. Deben consistir en instalaciones y equipos destinados al aprovechamiento de fuentes de energías renovables, con alguna de las siguientes finalidades:
    - aprovechamiento de la energía proveniente del sol para su transformación en calor o electricidad;
    - aprovechamiento, como combustible, de residuos sólidos urbanos o de biomasa procedente de residuos de industrias agrícolas y forestales y de cultivos energéticos para su transformación en calor o electricidad;
    - tratamiento de residuos biodegradables procedentes de explotaciones ganaderas, de estaciones depuradoras de aguas residuales, de efluentes industriales o de residuos sólidos urbanos para su transformación en biogás;
    - tratamiento de productos agrícolas, forestales o aceites usados para su transformación en biocarburantes (bioetanol o biodiésel).


    Existen particularidades a tener en cuenta, a saber:

    Otras especialidades de la deducción son:
    1) Período impositivo de aplicación. A efectos de aplicar la deducción, la inversión se considera realizada en el período impositivo en el que las instalaciones y equipos sean puestos en condiciones de funcionamiento.

    2) Subvenciones. La parte de la inversión que se haya financiado con subvenciones no da derecho a deducción, esto es, minora la base de la deducción con independencia de su contabilización o no como ingreso del período impositivo.

    3) Deducciones no practicadas por falta de cuota. La deducción no practicada en el período impositivo puede aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los diez años siguientes.

    4) Mantenimiento de la inversión. Con carácter general, los elementos patrimoniales que han dado derecho a practicar alguna deducción por inversiones en la cuota deben permanecer en funcionamiento en la empresa del sujeto pasivo durante 5 años, 3 si son bienes muebles o durante su vida útil si fuera inferior, el incumplimiento de este requisitos implica la pérdida de la deducción practicada, debiéndose regularizar la situación.



    Los parámetros que intervienen en esta deducción son los siguientes:
    a) Se aplica sobre la cuota líquida del impuesto positiva o minorada.
    cuota íntegra - deducciones - bonificaciones = cuota líquida

    b) Base de la deducción. Es el importe de la inversión realizada en bienes de activo material que cumplan los requisitos antes señalados.

    c) Porcentaje de deducción. La deducción en la cuota íntegra es el resultado de aplicar, en los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2010, el porcentaje del 2% al importe de las inversiones realizadas en el período impositivo.
    d) Resulta aplicable el coeficiente límite del 35%-50% de la cuota líquida conjuntamente con las demás deducciones de régimen común a excepción de la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.

    Ejemplo:

    -Supongamos una cuota líquida a pagar del impuesto de 6.000 euros

    -Base de deducción por inversión en energías renovables
    100.000 euros * 2 % = 2.000 euros de deducción para 2010

    - Límite de deducción 6.000 * 35% = 2.100 euros (con lo cual podré aplicar íntegramente los 2.000 euros de deducción por no llegar al límite)

    - Con la información anterior la cuota líquida definitiva de mi impuesto será la siguiente:

    + 6.000 euros de cuota líquida
    - 2.000 euros de deducción por inversión
    + 4.000 euros a Ingresar

    Un abrazo.

  6. #6
    Fecha de ingreso
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    Predeterminado Respuesta: Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

    Buenos días avenocturna, soy de Aspe, instalador y productor fotovoltaico, tengo una duda con respecto a un cliente con el tema de si debe hacerse autónomo, s.l., ó simplemente como particular puede producir energía.
    Si quieres mándame un correo y nos ponemos en contacto para que puedas ayudarme e incluso podamos trabajar juntos en algún proyecto.
    Un saludo.

  7. #7
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    Predeterminado Respuesta: Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

    Se me olvidaba mi correo es ramon@aenergias.com, espero tu respuesta ave nocturna

  8. #8
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    Predeterminado Respuesta: Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

    Cita Iniciado por RAMONET Ver mensaje
    Buenos días avenocturna, soy de Aspe, instalador y productor fotovoltaico, tengo una duda con respecto a un cliente con el tema de si debe hacerse autónomo, s.l., ó simplemente como particular puede producir energía.
    Si quieres mándame un correo y nos ponemos en contacto para que puedas ayudarme e incluso podamos trabajar juntos en algún proyecto.
    Un saludo.
    Esto es algo interesante para todos, yo también tuve estas dudas y estaría bien que se explicara en detalle, con que opción sales mejor parado.


    Saludos

  9. #9
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    oct 2010
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    Alicante
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    Predeterminado Respuesta: Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

    Buenos días,

    La verdad que la opción de constituirse como sociedad limitada o como persona física dependerá de diversos factores, tipo de instalación, cantidad de energía producida, etc lo correcto sería hace números, la planificación fiscal es muy importante ya que tomar una u otra opción puede ayudarle a ahorrar de una manera perfectamente legal una buena cantidad de dinero, que viene muy bien.

    Lo que está claro es que el que produce y vende energía debe pagar sus impuestos, yo no conozco normativa que exima de darse de alta en hacienda y en seguridad social.

    En mi web www.matiascarrillo.es tienen a su disposición mis teléfonos, con mucho gusto atenderé sus cuestiones.

    Un abrazo.

  10. #10
    Fecha de ingreso
    jul 2007
    Ubicación
    Gipuzkoa
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    198

    Predeterminado Respuesta: Asesoramiento fiscal, tributario y contable para el gremio

    Bien venido ave nocturna, gracias por tu ayuda en caso de necesitarla no dudare en pedirtela.


    Saludos.

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