Respuesta: Preregistro instalación 100 Kw Valencia
Buenas carret,
Para preasignación no hace falta la autorización administrativa, pero eso sólo es para preasignación que lo que hace es concederte una tarifa, la que corresponda en el cupo en el que te acepten.
Cosa bien distinta es que que una instalación no necesite de autorización administrativa en la consejería de la comunidad autónoma en donde vaya a estar ubicada la instalación (Valencia en tu caso, creo). Si no tienes la autorización administrativa, legalmente no puede si quiera construir la instalación. Nosotros tuvimos que reorientar la tramitación de un cliente que acudió a nosotros al recibir de la junta de andalucía una notificación con posible sanción, por tener construidos 5 Kw sin autorización administrativa. Se lo había hecho una empresa y se encontró con ese problema. Al final se solucionó pero le amenazaron. Nosotros le asesoramos en ese punto en concreto.
Bien, resumiendo: que noi te pida el ministerio en madrid autorización administrativa para concederte tarifa no significa que la instalación para su toral legalización requiera autorización administrativa.
Te sirve para ganar tiempo y solapar procedimientos, es decir, mientras entras o no en cupo (preasignación) solicitas la A.A. pero te va a hcer falta sí o sí.
Saludos!
No hay nada peor en la vida que perderla por miedo a vivirla.