Malas noticias se avecinan para los inversores en energías renovables, relativas a la base imponible del ICIO, (..y buenas para los ayuntamientos).
La Sentencia del TS de 14 de mayo de 2010, aun sin publicar(creo), sienta unidad de doctrina en esta materia en virtud de recurso de casación en interés de la Ley interpuesto por el Ayuntamiento de Osuna( Recurso 22/2009).
La sentencia considera que forma parte de la base imponible del ICIO el valor de todos los elementos de un parque eólico....
Imaginaros las consecuencias.....
Lo positivo de la Sentencia es que se elimina la discriminación que se venía produciendo en función de la Comunidad Autónoma en que se emplazara cada instalación. Saludos


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