Muy buenas a tod@s,
Quisiera haceros una consulta.
Existe un documento de ASIF y ECLEARON denominado "Oportunidades que ofrece la tecnología fotovoltaica a los municipios españoles”. En dicho documento se comenta que existe la posibilidad de solicitar una licencia de obra con posibilidad de pago condicionado a la admisión de la instalación fotovoltaica en el Registro de Preasignación de Retribución.
ASIF propone como solución sustituir temporalmente la licencia de obra en sí por un informe urbanístico favorable, que garantice el cumplimiento de las normas municipales. Este informe tiene un coste testimonial y se emite antes de la presentación del proyecto FV al registro (RPR). El informe puede incluir el siguiente texto:
“…El presente informe sustituye a la licencia de obra a los únicos efectos de cumplimentar la documentación exigida por el Anexo II, apartado 1b) del RD 1578/2008, de 26 de septiembre, para la inscripción en el Registro de Preasignación de Retribución (RPR)…”
En el momento en que el proyecto sea admitido en el RPR, entonces se emitirá la licencia de obra, con el consiguiente pago.
Tiene alguien conocimiento de que exista realmente algún proyecto tramitado o en proceso de tramitación que se haya realizado desde esta perspectiva.
Gracias.


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