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Hola el pasado 3 de agosto publicaron un Decreto desde Urbanismo de la Generalitat, regulando las plantas fotovoltaicas en suelo no urbanizable, a grandes rasgos, la instalación debe estar en un terreno con explotación agropecuaria y que tenga un edificio de 150 m2. La superficie máxima permitida de FV será de 1 Ha. Hay otras acepciones que si os interesa os las comento. Por otro lado me interesaría si conoceis sistemas de seguimiento azimutal, que ocupe entre 3000 y 4000 m2 cada 100 kw. Estamos preparando entre una agrupación, la instalación de 1 a 1,5 MW Saludos |
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Gracias por la información bigsouth. Sería de agradecer como comenta Camalic que nos especificases ese Decreto.
__________________ Blog Solar de Jumanji |
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Si entrais en la pagina del Gencat, y vais al departamento de Politica Territorial y Obras Públicas y en la portada os lo podeis bajar. Está en exposición pública pero en Paisaje y Territorio de la Generalitat me han comentado que me guíe por estas "nuevas directrices", si quiero montar algo Saludos |
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Disculpa bigsouth, soy un poco cazurro y no logro encontrarlo. Ésta es la pagina del Dpto de Política Territorial y Obras Públicas (DPTOP) de la GENCAT. No lo localizo. ¿Cual es el nombre del Decreto? Gracias :wink:
__________________ Blog Solar de Jumanji |
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Hola, El edicto está en el apartado "Novetats web" y es el primer enlace que hay: http://www10.gencat.net/ptop/AppJava...tovoltaica.jsp No sé si habrá salido el link :oops: Ahora me lo leeré a ver si me tumban alguna instalación :shock: |
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Estupendo :wink:
__________________ Blog Solar de Jumanji |
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Veo que en esta propuesta de lei, la cual ya aplican, obliga en el monento de pedir el permiso de obras en el ayuntamiento a dejarles una fianza. La quantia de dicha fianza debe ser del mismo valor que se estime para la recuperación del terreno una vez finalizada la actividad (al cabo de 35 ó 40 años...). Esa cantidad puede ser muy grande y hacer algunas instalaciones inviables... Va cada ayuntamiento a "actualizar" el dinero dejado en fianza? Un ~3% de IPC anual es mucho al cabo de 35 años. Si al finalizar la actividad solo te devuelven la cantidad que dejaste en su dia uno va a perder mucho dinero. |
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