
Iniciado por
Gatusso
Hola a todos,
tenía una duda que plantearos. Para ser titular de una instalación fotovoltaica, es necesario constituir una sociedad que sea la titular o puede ser una persona física sin empresa propia?
En el caso de una sociedad, como objetivo de la empresa debe figurar "generación y venta de energía eléctrica" en las escrituras. Eso es compatible con otro objetivo?. Si tengo una empresa de cualquier cosa, alimentaria por ejemplo y pongo una instalación en el tejado de la nave, la misma sociedad puede ser titular de la instalación?. Para ello habrá que cabiar las escrituras y estatutos supongo. Es así?.
En el caso de que sea una persona física, como se declaran los ingresos? mediante IRPF, en otros ingresos, y se pagan impuestos en función de los baremos del propio IRPF, IBI, etc etc??
Muchas gracias a todos